Responsabilidad Civil Profesional · Sancor Seguros

Seguro de praxis para veterinarios en todo el país

Si algo sale mal en una cirugía, un diagnóstico o un certificado, el que reclama es el dueño: por el valor del animal y por el daño moral del vínculo. Esta póliza responde por vos desde $4.500 por mes, se emite con cuatro datos (DNI, nombre, matrícula y domicilio) y la planilla de Sancor tiene un solo renglón para la profesión: no te clasifica por especie.

› Simulación al instante · sin registro · firmás la solicitud desde el celular

› Se emite con cuatro datos › Un renglón, un precio: sin clases por especie › Sumas de $5M a $50M

› Por Marcos Farello · Productor Asesor de Seguros · Mat. SSN N° 71141 · Actualizado el

Simulador online · Valores de referencia Sancor Seguros

Simulá tu seguro de praxis veterinaria

Ya lo dejamos preseleccionado en Veterinarios. Elegí cuánto querés cubrir y mirá al instante la cuota mensual de referencia y el deducible; descargá la simulación en PDF o seguí directo a la solicitud: cuatro datos y tu firma.

Valores de referencia, desde

La tarifa para veterinarios, suma por suma

Cuota mensual con impuestos incluidos, en 12 cuotas. Es la columna «Veterinario/a» de la planilla de cotización de Sancor Seguros («Próx. Act. 01/08/2025»), cotejada el 07/10/2026 y sujeta a actualización.

Suma asegurada Por mes Por año (12 cuotas) Deducible de referencia (5 %)
$ 5.000.000$ 4.500$ 54.000$ 250.000
$ 10.000.000$ 8.550$ 102.600$ 500.000
$ 15.000.000$ 12.200$ 146.400$ 750.000
$ 20.000.000$ 15.450$ 185.400$ 1.000.000
$ 25.000.000$ 18.350$ 220.200$ 1.250.000
$ 30.000.000$ 20.900$ 250.800$ 1.500.000
$ 35.000.000$ 23.150$ 277.800$ 1.750.000
$ 40.000.000$ 25.150$ 301.800$ 2.000.000
$ 45.000.000$ 26.850$ 322.200$ 2.250.000
$ 50.000.000$ 28.350$ 340.200$ 2.500.000

El deducible es la parte de cada reclamo que queda a tu cargo. Lo calculamos con el 5 % de la suma, que es lo que terminó diciendo la póliza real de praxis; el porcentaje definitivo de este producto lo confirmamos con tu póliza. Y la suma es un monto fijo que no se actualiza con la inflación: para elegirla, mirá el tamaño de los reclamos reales acá abajo. Probá tu suma en el simulador ›

Valores de referencia de la planilla de cotización de Sancor Seguros para la Responsabilidad Civil Profesional, especialidad Veterinario/a, cotejados el 07/10/2026, con impuestos incluidos y sujetos a actualización. Es una simulación: no constituye contrato ni oferta. La cuota final y la cobertura quedan sujetas a la suscripción y emisión de Sancor Seguros.

Los reclamos típicos, con la ley en la mano

Por qué un veterinario necesita cubrirse

Sos el único profesional de este producto cuyo paciente no puede reclamar. Reclama el dueño: por el valor del animal, por lo que gastó y por el daño moral del vínculo, que la ley reconoce como «afecciones espirituales legítimas» (art. 1738 del Código Civil y Comercial). Y a vos la ley te mira como profesional liberal: respondés por culpa, con la impericia incluida (arts. 1724 y 1768). Estos son los seis frentes.

Cirugía y anestesia

Cesárea, castración, ovariohisterectomía: es el reclamo central de la profesión, y el juez mira si pusiste los medios adecuados, no si el animal se salvó.

La ley y los casos

Mar del Plata, Cámara Civil y Comercial, Sala II, 12/11/2024: una cesárea programada en la que murieron los cachorros terminó con el veterinario condenado a pagar u$s 1.100, tomando el valor de las crías como parámetro. Cámara Nacional Civil, Sala J, 05/11/2015: una rottweiler con piómetra murió después de la cirugía y la demanda fue rechazada porque el perito no encontró negligencia, impericia ni error de diagnóstico; el fallo recuerda que el veterinario se obliga a poner los medios adecuados, no a un resultado, y la autorización quirúrgica firmada por el dueño ayudó a la defensa. Es el art. 1768 del Código Civil y Comercial: la responsabilidad del profesional liberal es subjetiva, salvo que haya prometido un resultado concreto.

El estudio que faltó

No pedir el análisis o el electrocardiograma que correspondía antes de un procedimiento es impericia, y la ley le exige más diligencia a quien más sabe.

La ley y el caso

El Código Civil y Comercial pone la impericia en el arte o profesión adentro de la culpa (art. 1724) y dice que cuanto mayor es el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor es la diligencia exigible (art. 1725). Según un artículo de Diario Judicial (25/11/2021), el Tribunal de Disciplina del Colegio Médico Veterinario de Córdoba multó en 2008 por falta de ética grave a dos veterinarios que hicieron una limpieza dental sin el electrocardiograma que había indicado el colega derivante; el perro murió y también se les reprochó la falta de diálogo e información a los dueños.

Abandono del paciente

No ir al llamado, no atender la urgencia o no avisar que el animal empeora: es la negligencia más común, y la ley te pide no agravar el daño.

La ley y el caso

Art. 1710 del Código Civil y Comercial: toda persona debe adoptar, de buena fe, las medidas razonables para evitar que se produzca un daño o disminuir su magnitud, y no agravarlo si ya se produjo. Córdoba, Cámara 4ª Civil y Comercial, 27/05/2014 («Faya c/ Collado»): una rottweiler murió en la guardería de una veterinaria y el reproche fue no avisar al veterinario de cabecera que había indicado el dueño ni informar la evolución y el destino del cuerpo. Como era un servicio de guardería, se aplicó la responsabilidad objetiva y solidaria de la Ley 24.240 (art. 40), la que no exige probar la culpa.

Historia clínica y consentimiento

Si no quedó escrito, para el juez no pasó. Y el juez puede cargarte a vos la prueba de que hiciste las cosas bien.

La ley y los casos

Art. 1735 del Código Civil y Comercial: el juez puede distribuir la carga de la prueba de la culpa o de haber actuado con la diligencia debida, poniéndola sobre quien está en mejor situación para aportarla, y ese sos vos. No hay para veterinarios una ley nacional de historia clínica como la de los pacientes humanos: la ficha, la autorización quirúrgica firmada y las indicaciones por escrito son tu defensa. En el fallo de Sala J (2015) la autorización firmada ayudó a rechazar la demanda; en la sanción de Córdoba de 2008, la falta de información a los dueños fue parte del reproche.

Certificados

Certificar es ejercer: la sanidad, la vacunación, la aptitud para cría o el estado de un animal que se vende o se traslada llevan tu firma y tu matrícula.

La ley y el caso

Ley 14.072, art. 4: el ejercicio de la medicina veterinaria comprende las certificaciones, retribuidas o no. En Mendoza, el Decreto 2054/1999 incluye entre las incumbencias la expedición de certificados de vacunación antirrábica y de sanidad, estado o condición de los animales, en formularios del Colegio. No encontramos un fallo argentino contra un veterinario por un certificado erróneo; lo que sí hay es la cadena: en septiembre de 2024 la Cámara Nacional Civil (Sala E) condenó a unos criadores a pagar $750.000 por un cachorro con una criptorquidia detectable desde las seis semanas. El vendedor condenado va a buscar a quien certificó la aptitud.

Animales de producción

Vacunar un rodeo, tratar un lote o inseminar: cuando el que pierde es un productor, el reclamo se mide en producción, no en cariño.

La ley y lo que no encontramos

En Santa Fe, el Decreto 1537/1957 (texto según la Ley 12.189), al sancionar el ejercicio sin matrícula, nombra especialmente a quienes apliquen sueros o vacunas o practiquen inseminación artificial sobre animales ajenos: son los actos que el legislador vio como los más sensibles del campo. No encontramos jurisprudencia argentina de condena a un veterinario por un equino o un rodeo: lo decimos como riesgo de doctrina, no de fallos. Los convenios colegiales de otras compañías tarifan aparte grandes animales, cabañas, fertilización asistida y equinos de competición; la planilla de Sancor no distingue especies ni clases: un renglón, «Veterinario/a».

Lo que cambia la forma de elegir la suma

El dueño tiene 3 años. Vos tenés 3 días.

3 añostiene el dueño para reclamarte desde el hecho (art. 2561 del Código Civil y Comercial).
3 díastenés vos para avisarle a Sancor por escrito desde que te llega el reclamo (Ley 17.418, arts. 46 y 115).

Quien no avisa en plazo pierde el derecho a ser indemnizado, salvo caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad sin culpa (art. 47). Y no podés reconocer responsabilidad ni arreglar por tu cuenta sin la conformidad de la aseguradora (art. 116): ante una carta documento, lo primero es avisarnos.

Sobre el tamaño: en Mar del Plata, en abril de 2026, una bulldog francés de 7 años entró a bañarse y murió. La sentencia de primera instancia fijó $17.164.000 más intereses, de los cuales $15.000.000 fueron daño moral; la demanda original pedía unos $3.000.000, tres años antes. No fue un caso de acto veterinario (el juez aplicó la ley del consumidor al baño y peluquería), pero muestra cuánto vale hoy el daño moral por una mascota. Para elegir tu suma, tenelo en cuenta: es un monto fijo, y paga con la suma vigente el día que denunciás.

Tu ley y el producto

Por qué con cuatro datos alcanza

La planilla de Sancor pide para emitir «DNI, nombre y apellido, matrícula, domicilio particular». No es un atajo: cada dato es justo lo que la ley de tu profesión usa para decir quién sos y dónde podés ejercer. Nosotros no agregamos preguntas de riesgo que Sancor no hace.

Tu matrícula

La planilla dice «Asegurado: profesional matriculado». Es la condición para ejercer: la Ley 14.072 (art. 8) la llama requisito indispensable, y en tu provincia la lleva el colegio.

Quién la lleva, según la ley

Nación y CABA: el Consejo Profesional de Médicos Veterinarios (Ley 14.072, arts. 8 y 16). Buenos Aires: el Colegio de Veterinarios de la Provincia (Decreto-Ley 9686/1981). Córdoba: el Colegio Médico Veterinario (Ley 6515, art. 3). Mendoza: el Colegio de Médicos Veterinarios (Ley 7825, art. 2). Santa Fe: la matrícula que exige el Decreto 1537/1957 (art. 2). La cargás como figura: número y quién la otorga.

Tu domicilio

La planilla dice «ámbito: República Argentina, según matrícula habilitante». La matrícula es provincial; el domicilio identifica tu colegio y tu jurisdicción, y la cobertura vale en todo el país.

La ley

La Ley 25.996 (art. 8 bis de la Ley 14.072) reconoce que cada provincia exige la matriculación en su jurisdicción: por eso la cobertura se define «según matrícula habilitante». Calle, localidad, provincia y código postal, los cuatro renglones que pide la planilla.

Tu DNI y tu nombre

Es una póliza de persona física por tu acto profesional, hecho «con culpa o negligencia durante el ejercicio liberal». No es la póliza de la clínica ni de la sociedad: cada profesional lleva la suya.

La ley

Art. 1768 del Código Civil y Comercial: la actividad del profesional liberal está sujeta a las reglas de las obligaciones de hacer y su responsabilidad es subjetiva. Esa es la responsabilidad que esta póliza cubre, la tuya, y por eso se emite a tu nombre y con tu DNI.

Lo que no te preguntamos

Especie, cirugía, equinos, facturación: la planilla de Sancor no lo pregunta y nosotros tampoco. Tiene un solo renglón, «Veterinario/a», y un solo precio por suma.

Y si Sancor pidiera algo más

Sancor revisa cada solicitud antes de emitir. Si por tu actividad pidiera algún dato que la planilla no trae, te avisamos antes de que la póliza salga: nada se emite sin que lo sepas. Los convenios colegiales de otras compañías, en cambio, te clasifican en clases por especie antes de darte un número.

Lo que verificamos, provincia por provincia

Qué te pide tu colegio o tu cliente

Lo buscamos en las leyes de ejercicio y de colegiación y en los sitios de los colegios (07/10/2026). Ninguna de las normas que leímos exige un seguro de responsabilidad civil para matricularse, ejercer o habilitar un establecimiento. Dos colegios lo ofrecen por convenio, y es voluntario.

Jurisdicción Quién te matricula (norma leída) Seguro de RC profesional
Nación y CABAConsejo Profesional de Médicos Veterinarios (Ley 14.072, art. 16).Entre sus beneficios publicados no encontramos un seguro de RC profesional; hay un convenio genérico de descuentos en seguros.
Buenos AiresColegio de Veterinarios de la Provincia (Decreto-Ley 9686/1981).Lo ofrece por convenio, voluntario: una cobertura de mala praxis con SMG gestionada por una consultora, en clases por especie. No publica precio, suma ni deducible.
Santa Fe, 1ª CircunscripciónColegio de Médicos Veterinarios (la matrícula que exige el Decreto 1537/1957, art. 2).Lo ofrece por convenio, voluntario: con Swiss Medical desde 2019, con sumas de $10.000.000 para pequeños animales y $15.000.000 para las demás clases. No publica la cuota.
Santa Fe, 2ª Circunscripción (Rosario)Colegio de Médicos Veterinarios.No encontramos oferta publicada: su sitio no respondía el 07/10/2026.
CórdobaColegio Médico Veterinario (Ley 6515, art. 3).No encontramos oferta publicada ni mención a seguro en la ley del colegio.
MendozaColegio de Médicos Veterinarios (Ley 7825, art. 2).No encontramos oferta publicada ni mención a seguro en la ley del colegio.
Tu cliente, una licitación o una obra socialCada uno pone sus condiciones por contrato.No encontramos un pliego ni un cliente que lo exija por escrito. Si a vos te lo piden, mandanos el requisito: emitimos con la suma que pida y, si piden alguna cláusula especial, la consultamos con Sancor antes de emitir.

Lo que no pudimos leer, no lo afirmamos: los códigos de ética colegiales y alguna ley provincial no están publicados. Si tu colegio te pide algo que acá no figura, contanos y lo sumamos.

Según la planilla de cotización de Sancor

Qué cubre y qué no

De este producto todavía no tenemos la póliza en la mano: publicamos sólo lo que dice la planilla de cotización. Lo que la planilla no dice, lo confirmamos con tu póliza, que vas a leer al recibirla.

Los reclamos de tu cliente

Cubre únicamente la responsabilidad civil contractual: lo que te reclama quien te contrató, por actos, hechos u omisiones con culpa o negligencia durante el ejercicio liberal de tu profesión.

En todo el país

Ámbito de cobertura en toda la República Argentina, según tu matrícula habilitante. Atiendas donde atiendas.

Por reclamo, con retroactividad

Cubre el reclamo que te llega mientras la póliza está vigente, por hechos ocurridos desde tu primera póliza con Sancor y sus renovaciones sin cortes.

Aviso en 3 días

El reclamo se le notifica a Sancor por escrito dentro de los tres días de recibido. Nos escribís el mismo día y lo hacemos juntos.

La suma del día de la denuncia

Paga hasta la suma de la póliza vigente cuando denunciás el reclamo, no la del año del hecho: revisala en cada renovación.

Anual, en 12 cuotas

Vigencia anual, facturación en 12 cuotas iguales y consecutivas, valores con impuestos incluidos. Sumas de $5.000.000 a $50.000.000.

Lo que la planilla no dice (y por eso no lo afirmamos)

  • Las exclusiones de la póliza.
  • Si hay defensa en un proceso penal.
  • Cuántos reclamos admite la suma en el año.
  • Qué pasa con las denuncias después de dar de baja la póliza (un período extendido).
  • El porcentaje definitivo del deducible.

Lo estamos consultando con Sancor y lo confirmamos con tu póliza. Hasta entonces, calculamos el deducible con 5 % y no prometemos nada que no esté escrito.

Lo que es otra póliza: la RC del local

La planilla cubre únicamente la responsabilidad contractual, la de tu acto profesional liberal. Quedan afuera de ese renglón el perro que muerde a alguien en la sala de espera o se escapa, el daño que causan tus instalaciones o un equipo con un vicio (arts. 1757 a 1759 y 1768 del Código Civil y Comercial) y los servicios del comercio (baño, peluquería, guardería, venta de productos), que los jueces encuadran en la Ley 24.240 (art. 40).

Eso es la responsabilidad civil del local, y se asegura con la RC comprensiva del seguro de comercio. El local, además, tiene su propia habilitación (Buenos Aires: Ley 10.526, de habilitación de establecimientos veterinarios; Mendoza: Decreto 2054/1999, art. 22). Si la veterinaria es tuya, pedinos las dos.

Cobertura por reclamo

Por qué renovar sin cortes es parte de la cobertura

Tu RC profesional cubre el reclamo que te llega mientras la póliza está vigente, por trabajos hechos desde tu primera póliza. Lo anterior no está cubierto, y si dejás de renovar, los reclamos que lleguen después no los cubre nadie, aunque el trabajo haya sido con la póliza vigente: te pueden reclamar durante 3 años desde que el daño se conoce (art. 2561 del Código Civil y Comercial).

Esta póliza no cubre hechos: cubre reclamos. Un ejemplo con fechas. Operás a un perro en marzo de 2026 y el dueño tiene tres años para reclamarte (art. 2561 del Código Civil y Comercial): la carta documento puede llegar en febrero de 2029. Si ese día tenés la póliza vigente y la cirugía fue después de tu primera póliza con Sancor, el reclamo está cubierto, con la suma de la póliza de 2029. Si dejaste de renovar en 2027, ese reclamo no lo cubre nadie: ni la póliza vieja, que ya no está vigente, ni, en principio, una nueva de otra compañía, porque el hecho es anterior a la retroactividad que te dé esa póliza. Y lo que hiciste antes de tu primera póliza tampoco entra. Por eso cuanto antes arrancás, más atrás llega tu cobertura, y cada año renovado es un año más de espalda cubierta. Movelo con tus años acá arriba; la explicación completa, con la diferencia frente a la base por ocurrencia, está en la página de la cobertura por reclamo.

Si te llega un reclamo, en este orden

1

No firmes ni reconozcas nada

Ni arregles por tu cuenta: la Ley 17.418 (art. 116) no permite reconocer responsabilidad ni transar sin la conformidad de la aseguradora. Un «perdón, fue mi culpa» por WhatsApp también cuenta.

2

Avisanos ese mismo día

Carta documento, mail del abogado del dueño, denuncia en el colegio o reclamo verbal con monto: todo cuenta. Sancor pide el aviso por escrito dentro de los tres días, y lo hacemos juntos (Ley 17.418, arts. 46 y 115).

3

Juntá la historia clínica

La ficha, la autorización firmada, las indicaciones, las fotos y, si la hubo, la necropsia. El juez puede cargarte a vos la prueba de que actuaste con diligencia (art. 1735 del Código Civil y Comercial).

Sin cuestionario

Cómo contratar: cuatro datos y tu firma

1

Simulás y elegís la suma

Arriba, sin registro. Mirá la cuota, el deducible y la advertencia sobre la suma: te la mostramos para que elijas sabiendo, no para asustarte.

2

Cargás los cuatro datos

DNI, nombre y apellido, matrícula (número y quién la otorga) y domicilio particular (calle, localidad, provincia y código postal). Es lo que pide la planilla de Sancor para emitir: nada más.

3

Firmás desde el celular

Leés la declaración, firmás con el dedo y descargás tu solicitud firmada en PDF. Apenas la revisemos comienza el proceso de emisión: te avisamos por WhatsApp y por mail, y te acompañamos hasta que la póliza esté en tu correo.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos consultan los veterinarios

Cuánto cuesta el seguro de mala praxis veterinaria?

Depende de la suma asegurada, de $5.000.000 a $50.000.000. Arranca en un valor de referencia de $4.500 por mes por $5.000.000, con impuestos incluidos; $12.200 por $15.000.000 y $28.350 por $50.000.000, siempre en 12 cuotas. Son los valores de la planilla de Sancor Seguros cotejada el 07/10/2026, sujetos a actualización: la tabla completa está arriba y el simulador te da tu número al instante.

Es lo mismo que el seguro de responsabilidad civil para veterinarios?

Sí. El producto de Sancor se llama Responsabilidad Civil Profesional y la planilla dice «Responsabilidad Civil, Mala Praxis», especialidad «Veterinario/a». Mala praxis es el nombre con que lo buscan los veterinarios y lo llaman los colegios; responsabilidad civil profesional es el nombre técnico. Es una sola póliza.

Me lo pide la ley o el colegio?

Ninguna de las leyes de ejercicio y de colegiación que leímos lo exige: la Ley 14.072 (Nación y CABA), el Decreto-Ley 9686/1981 y la Ley 10.526 (Buenos Aires), la Ley 6515 (Córdoba), la Ley 7825 y el Decreto 2054/1999 (Mendoza) y el Decreto 1537/1957 con la Ley 12.189 (Santa Fe). Los colegios de Buenos Aires y de Santa Fe 1ª Circunscripción lo ofrecen por convenio, no lo imponen. Lo que no pudimos leer (códigos de ética y alguna ley provincial no publicada) no lo afirmamos ni para un lado ni para el otro. Si tu cliente, una licitación o una obra social te lo piden por contrato, emitimos con la suma que te pidan.

Mi colegio tiene un convenio con Swiss Medical o SMG. Cuál es la diferencia?

Los convenios de Buenos Aires (SMG, por una consultora) y de Santa Fe 1ª Circunscripción (Swiss Medical) son voluntarios y clasifican al veterinario por especie, en clases, antes de darle un número que no publican. La planilla de Sancor tiene un renglón, «Veterinario/a», y el precio está acá arriba, suma por suma. No comparamos precios porque los convenios no publican los suyos: si tenés una cotización del colegio, mandánosla y la miramos juntos, cobertura por cobertura.

Atiendo caballos, vacas o animales de producción. Me cubre igual?

La planilla de Sancor no distingue especies ni especialidades: cotiza «Veterinario/a» con un solo precio por suma, y para emitir pide tus cuatro datos, sin cuestionario. Al revisar la solicitud, Sancor ve tu matrícula; si pidiera algún dato más por tu actividad, te avisamos antes de emitir. En grandes animales el reclamo se mide en producción, así que mirá la suma con más cuidado.

Si un perro muerde a alguien en la sala de espera, lo cubre?

No entra en esta póliza. La planilla cubre únicamente la responsabilidad civil contractual, la del dueño que te contrató. El daño que causa el animal a otra persona es responsabilidad del dueño y del guardián (arts. 1757 a 1759 del Código Civil y Comercial), y el veterinario que tiene al animal en la camilla o internado puede ser considerado guardián. Eso se asegura con la responsabilidad civil del local, dentro del seguro de comercio.

Cubre el baño, la peluquería o la guardería de mi veterinaria?

No cuentes con eso. La planilla cubre el ejercicio liberal de tu profesión; el baño, la peluquería, la guardería y la venta de productos son servicios del comercio, y los jueces los tratan con la Ley 24.240 (art. 40), que no exige probar tu culpa. En Mar del Plata (abril de 2026) una bulldog francés murió después de un baño y corte de uñas: la sentencia de primera instancia fijó $17.164.000 más intereses, $15.000.000 de ellos por daño moral, y el juez dijo que la atención veterinaria se rige por las normas de responsabilidad profesional, aparte del servicio de peluquería. Para el local hace falta la responsabilidad civil comprensiva del seguro de comercio.

Trabajo en una clínica que es una sociedad. No me alcanza con la póliza de la clínica?

Una póliza cubre a quien figura como asegurado: si la de la clínica no te nombra, no cuentes con ella. Esta póliza es de persona física, por tu acto profesional. En el fallo de Mar del Plata de 2026, según la reseña más completa, la condena recayó sobre dos personas físicas y no sobre la sociedad: trabajar bajo una sociedad no te saca del reclamo. Cada profesional lleva la suya.

Cuánto tiempo tiene el dueño para reclamarme?

Tres años desde el hecho (art. 2561 del Código Civil y Comercial): vale para el reclamo del dueño que te contrató y para el de un tercero. Ya no son diez años: ese plazo era del código viejo. Aparte corre lo disciplinario: en Buenos Aires el colegio tiene dos años para la acción disciplinaria (Decreto-Ley 9686/1981, art. 75); en Mendoza el tribunal del colegio puede suspender hasta seis meses (Ley 7825, art. 30) y en Córdoba de un mes a un año (Ley 6515, art. 28).

Qué hago si me llega un reclamo?

Tres cosas, en este orden. No firmes nada, no reconozcas responsabilidad ni arregles por tu cuenta: la Ley 17.418 (art. 116) no lo permite sin la conformidad de la aseguradora. Avisanos ese mismo día: la póliza pide la denuncia por escrito dentro de los tres días (arts. 46 y 115 de la misma ley), y quien no avisa en plazo pierde el derecho a ser indemnizado (art. 47), salvo caso fortuito o imposibilidad sin culpa. Y juntá la historia clínica, la autorización firmada, las indicaciones y, si la hubo, la necropsia: el juez puede cargarte a vos la prueba de que actuaste con diligencia (art. 1735 del Código Civil y Comercial).

Me cubre lo que hice antes de contratar? Y si dejo de renovar o me jubilo?

Lo anterior, no: la retroactividad es desde el inicio de vigencia de tu primera póliza con Sancor y sus renovaciones sin cortes, así que un veterinario con quince años de ejercicio que contrata hoy asegura desde hoy. Y los reclamos que te lleguen después de que la póliza termine no los cubre nadie, aunque el hecho haya sido mientras estabas asegurado: la póliza cubre el reclamo que llega mientras está vigente. La planilla no menciona un período extendido para denunciar después de la baja: lo estamos consultando con Sancor y lo confirmamos con tu póliza. Mientras tanto, la regla práctica es arrancar cuanto antes y seguir asegurado al menos tres años después del último acto profesional, que es el plazo que tiene el dueño para reclamar.

Puedo contratarlo si no estoy en Mendoza?

Sí. Nuestra matrícula de Productor Asesor de Seguros es nacional (SSN N° 71141) y la cobertura vale en todo el país según tu matrícula habilitante. Simulás acá, cargás los cuatro datos y firmás la solicitud desde el celular, estés en Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe o cualquier otra provincia; te acompañamos por WhatsApp, mail o videollamada desde Mendoza.

La veterinaria es tuya? El daño que cause el local, el animal en la sala de espera o la peluquería se asegura aparte, con la responsabilidad civil del seguro de comercio: pedinos la cotización con la dirección y contanos qué servicios das. Y si tomás gente para la guardería o el baño, mirá también el Accidentes Personales para quien trabaja con vos.

Protegé tu matrícula hoy

Simulá tu cobertura y, si te cierra, cargá los cuatro datos y firmá desde el celular. Te atiende una persona del equipo, no un bot.