Cuánto cuesta el seguro de mala praxis veterinaria?
Depende de la suma asegurada, de $5.000.000 a $50.000.000. Arranca en un valor de referencia de $4.500 por mes por $5.000.000, con impuestos incluidos; $12.200 por $15.000.000 y $28.350 por $50.000.000, siempre en 12 cuotas. Son los valores de la planilla de Sancor Seguros cotejada el 07/10/2026, sujetos a actualización: la tabla completa está arriba y el simulador te da tu número al instante.
Es lo mismo que el seguro de responsabilidad civil para veterinarios?
Sí. El producto de Sancor se llama Responsabilidad Civil Profesional y la planilla dice «Responsabilidad Civil, Mala Praxis», especialidad «Veterinario/a». Mala praxis es el nombre con que lo buscan los veterinarios y lo llaman los colegios; responsabilidad civil profesional es el nombre técnico. Es una sola póliza.
Me lo pide la ley o el colegio?
Ninguna de las leyes de ejercicio y de colegiación que leímos lo exige: la Ley 14.072 (Nación y CABA), el Decreto-Ley 9686/1981 y la Ley 10.526 (Buenos Aires), la Ley 6515 (Córdoba), la Ley 7825 y el Decreto 2054/1999 (Mendoza) y el Decreto 1537/1957 con la Ley 12.189 (Santa Fe). Los colegios de Buenos Aires y de Santa Fe 1ª Circunscripción lo ofrecen por convenio, no lo imponen. Lo que no pudimos leer (códigos de ética y alguna ley provincial no publicada) no lo afirmamos ni para un lado ni para el otro. Si tu cliente, una licitación o una obra social te lo piden por contrato, emitimos con la suma que te pidan.
Mi colegio tiene un convenio con Swiss Medical o SMG. Cuál es la diferencia?
Los convenios de Buenos Aires (SMG, por una consultora) y de Santa Fe 1ª Circunscripción (Swiss Medical) son voluntarios y clasifican al veterinario por especie, en clases, antes de darle un número que no publican. La planilla de Sancor tiene un renglón, «Veterinario/a», y el precio está acá arriba, suma por suma. No comparamos precios porque los convenios no publican los suyos: si tenés una cotización del colegio, mandánosla y la miramos juntos, cobertura por cobertura.
Atiendo caballos, vacas o animales de producción. Me cubre igual?
La planilla de Sancor no distingue especies ni especialidades: cotiza «Veterinario/a» con un solo precio por suma, y para emitir pide tus cuatro datos, sin cuestionario. Al revisar la solicitud, Sancor ve tu matrícula; si pidiera algún dato más por tu actividad, te avisamos antes de emitir. En grandes animales el reclamo se mide en producción, así que mirá la suma con más cuidado.
Si un perro muerde a alguien en la sala de espera, lo cubre?
No entra en esta póliza. La planilla cubre únicamente la responsabilidad civil contractual, la del dueño que te contrató. El daño que causa el animal a otra persona es responsabilidad del dueño y del guardián (arts. 1757 a 1759 del Código Civil y Comercial), y el veterinario que tiene al animal en la camilla o internado puede ser considerado guardián. Eso se asegura con la responsabilidad civil del local, dentro del seguro de comercio.
Cubre el baño, la peluquería o la guardería de mi veterinaria?
No cuentes con eso. La planilla cubre el ejercicio liberal de tu profesión; el baño, la peluquería, la guardería y la venta de productos son servicios del comercio, y los jueces los tratan con la Ley 24.240 (art. 40), que no exige probar tu culpa. En Mar del Plata (abril de 2026) una bulldog francés murió después de un baño y corte de uñas: la sentencia de primera instancia fijó $17.164.000 más intereses, $15.000.000 de ellos por daño moral, y el juez dijo que la atención veterinaria se rige por las normas de responsabilidad profesional, aparte del servicio de peluquería. Para el local hace falta la responsabilidad civil comprensiva del seguro de comercio.
Trabajo en una clínica que es una sociedad. No me alcanza con la póliza de la clínica?
Una póliza cubre a quien figura como asegurado: si la de la clínica no te nombra, no cuentes con ella. Esta póliza es de persona física, por tu acto profesional. En el fallo de Mar del Plata de 2026, según la reseña más completa, la condena recayó sobre dos personas físicas y no sobre la sociedad: trabajar bajo una sociedad no te saca del reclamo. Cada profesional lleva la suya.
Cuánto tiempo tiene el dueño para reclamarme?
Tres años desde el hecho (art. 2561 del Código Civil y Comercial): vale para el reclamo del dueño que te contrató y para el de un tercero. Ya no son diez años: ese plazo era del código viejo. Aparte corre lo disciplinario: en Buenos Aires el colegio tiene dos años para la acción disciplinaria (Decreto-Ley 9686/1981, art. 75); en Mendoza el tribunal del colegio puede suspender hasta seis meses (Ley 7825, art. 30) y en Córdoba de un mes a un año (Ley 6515, art. 28).
Qué hago si me llega un reclamo?
Tres cosas, en este orden. No firmes nada, no reconozcas responsabilidad ni arregles por tu cuenta: la Ley 17.418 (art. 116) no lo permite sin la conformidad de la aseguradora. Avisanos ese mismo día: la póliza pide la denuncia por escrito dentro de los tres días (arts. 46 y 115 de la misma ley), y quien no avisa en plazo pierde el derecho a ser indemnizado (art. 47), salvo caso fortuito o imposibilidad sin culpa. Y juntá la historia clínica, la autorización firmada, las indicaciones y, si la hubo, la necropsia: el juez puede cargarte a vos la prueba de que actuaste con diligencia (art. 1735 del Código Civil y Comercial).
Me cubre lo que hice antes de contratar? Y si dejo de renovar o me jubilo?
Lo anterior, no: la retroactividad es desde el inicio de vigencia de tu primera póliza con Sancor y sus renovaciones sin cortes, así que un veterinario con quince años de ejercicio que contrata hoy asegura desde hoy. Y los reclamos que te lleguen después de que la póliza termine no los cubre nadie, aunque el hecho haya sido mientras estabas asegurado: la póliza cubre el reclamo que llega mientras está vigente. La planilla no menciona un período extendido para denunciar después de la baja: lo estamos consultando con Sancor y lo confirmamos con tu póliza. Mientras tanto, la regla práctica es arrancar cuanto antes y seguir asegurado al menos tres años después del último acto profesional, que es el plazo que tiene el dueño para reclamar.
Puedo contratarlo si no estoy en Mendoza?
Sí. Nuestra matrícula de Productor Asesor de Seguros es nacional (SSN N° 71141) y la cobertura vale en todo el país según tu matrícula habilitante. Simulás acá, cargás los cuatro datos y firmás la solicitud desde el celular, estés en Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe o cualquier otra provincia; te acompañamos por WhatsApp, mail o videollamada desde Mendoza.