Responsabilidad Civil Profesional · Sancor Seguros · Base claims made

Seguro de RC profesional para abogados en todo el país

Desde $3.450 por mes, valor de referencia, y se emite con cuatro datos: la solicitud la firmás desde el celular. En tu profesión el error típico es una fecha, y el reclamo de tu cliente puede llegar años después del descuido: esta cobertura responde por el reclamo que te llega mientras está vigente, por trabajos hechos desde tu primera póliza con Sancor.

› Simulación al instante · sin registro · solicitud firmada desde el celular

› Sumas de $5M a $50M › Cuatro datos para emitir › Asesor real · matrícula SSN 71141

Por Marcos Farello · Productor Asesor de Seguros, matrícula SSN 71141 · Actualizado el

En una frase: el seguro de responsabilidad civil profesional para abogados de Sancor Seguros, el que mucha gente llama seguro de mala praxis, paga hasta la suma que elijas el reclamo de un cliente por un acto, hecho u omisión tuyo con culpa o negligencia en el ejercicio liberal de la profesión, en todo el país según tu matrícula. Es claims made: responde por el reclamo que te llega con la póliza vigente, por trabajos hechos desde tu primera póliza con Sancor. Cuesta desde $3.450 por mes, valor de referencia con impuestos incluidos, y se emite con cuatro datos.

Simulador online · Valores de referencia Sancor Seguros

Simulá tu seguro de RC profesional para abogados

Ya lo dejamos preseleccionado en Abogados. Mové la suma asegurada y mirá al instante la cuota mensual de referencia, el total del año y el deducible. Si te cierra, desde acá mismo empezás la solicitud; si no, te llevás la simulación en PDF.

$3.450por mes, desde, con $5.000.000 de suma asegurada. Valor de referencia con impuestos incluidos.
$21.750por mes con la suma más alta, $50.000.000. En el medio hay diez escalones de 5 millones.
$9.351,04la cuota real de la póliza de praxis con la que validamos esta misma tarifa el 07/09/2026, con $15.000.000 de suma. La planilla decía $9.350.

La tarifa completa · valores de referencia, desde

Cuánto sale el seguro de mala praxis para abogados, suma por suma

El precio lo mueve una sola cosa: cuánto querés cubrir. La planilla no distingue fuero, antigüedad ni cantidad de expedientes. Son las diez sumas de la planilla de Sancor para abogacía, en 12 cuotas iguales con impuestos incluidos. El deducible es la parte de cada reclamo que queda a tu cargo: lo calculamos con el 5 % de la suma, el mismo criterio del simulador, que te explica el porqué al lado del número.

Suma asegurada
el tope de la póliza, vigente al denunciar
Por mes Por año
12 cuotas
Deducible
5 % de la suma, de referencia
$5.000.000$3.450$41.400$250.000
$10.000.000$6.550$78.600$500.000
$15.000.000$9.350$112.200$750.000
$20.000.000$11.850$142.200$1.000.000
$25.000.000$14.050$168.600$1.250.000
$30.000.000$16.000$192.000$1.500.000
$35.000.000$17.750$213.000$1.750.000
$40.000.000$19.250$231.000$2.000.000
$45.000.000$20.600$247.200$2.250.000
$50.000.000$21.750$261.000$2.500.000

Fijate que el precio no sube en línea recta: pasar de $5 a $10 millones casi duplica la cuota ($3.450 a $6.550), pero pasar de $25 a $50 millones, el doble de cobertura, sale un 55 % más ($14.050 a $21.750). Como la póliza paga con la suma vigente el día que denunciás, y el reclamo por un juicio caído puede llegar años después, la suma conviene pensarla para lo que va a valer ese reclamo cuando llegue. Probá tu combinación en el simulador ›

Valores de referencia, desde: salen de la planilla de cotización de Sancor Seguros para Responsabilidad Civil Profesional, especialidad Abogacía («Próx. Act. 01/08/2025»), cotejada el 07/10/2026, con impuestos incluidos y sujetos a actualización. Suma por suma, es la misma tarifa que la de praxis, y la de praxis la validamos el 07/09/2026 con una póliza emitida: con $15.000.000 de suma, la cuota real salió $9.351,04 contra $9.350 de la planilla. Para abogados todavía no emitimos una: la confirmamos con la primera. Es una simulación: no constituye contrato ni oferta, y el premio final y la cobertura quedan sujetos a la suscripción y emisión de Sancor Seguros.

Los reclamos típicos, con la ley en la mano

Por qué un abogado necesita cubrirse

Porque tu error típico no se ve en el momento: es una fecha. Un plazo que vence, una instancia que caduca, un recurso que no se interpone. Y como los 3 años que tiene tu cliente para reclamarte corren desde que el reclamo es exigible, que puede ser el día en que se entera, el reclamo puede llegar mucho después del descuido.

Un caso real, en tres fechas

2016En julio, la Cámara confirma la caducidad del juicio por un accidente de tránsito: la tramitación se había demorado.
2019En noviembre, el cliente pide el desarchivo y se entera. Desde ahí se cuentan sus 3 años para reclamar.
2024Sentencia: $2.500.000 por la chance perdida, $1.100.000 de daño moral y $864.000 de tratamiento psicológico.

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala G, 31/07/2024, según la reseña publicada por Microjuris. Entre la caducidad y el reclamo pasaron más de tres años, y el reclamo estaba en plazo. Con una póliza claims made, lo que importa es tener póliza el día que llega.

El juicio que caducó

El expediente queda sin impulso, la instancia perime y tu cliente pierde el juicio. No se le indemniza lo que reclamaba, sino la chance de haberlo ganado (art. 1739 del Código Civil y Comercial), y suele sumarse el daño moral.

El reclamo más típico
La ley y los fallos

Las leyes de colegiación lo tratan como falta: no dejar los juicios abandonados mientras dure el patrocinio (Ley 5177, art. 58 inc. 7, Buenos Aires), atender los juicios mientras se mantenga la representación (Ley 5805, art. 19 inc. 8, Córdoba) y no incurrir en retardo o negligencia frecuente (Ley 23.187, art. 44 inc. e, Ciudad de Buenos Aires). Para los actos procesales a cargo del apoderado, como impulsar el expediente, hay tribunales que tratan la obligación como de resultado, como la Cámara de Apelaciones de San Rafael (Mendoza) en 2017: si el juicio caducó por inacción, al abogado le toca demostrar por qué no pudo actuar.

La acción que ya estaba prescripta

Demandar con el plazo vencido, o no advertirle a tu cliente que le van a oponer la prescripción. El Código te pide informarle los aspectos esenciales del trabajo que te encarga (art. 1256 inc. b), y el riesgo de perder por prescripción es uno de ellos.

Deber de informar
Lo que dijo la Cámara

En un caso de la Cámara Civil porteña (Sala E, reseña publicada por abogados.com.ar en 2011), la demanda se inició con la acción prescripta y después el juicio caducó: se indemnizó la chance perdida. La Cámara agregó algo útil para tu día a día: si el cliente insiste en demandar igual, conviene tener un papel firmado por él que pruebe que le advertiste el riesgo.

La sentencia que no se apeló

Dejar firme una sentencia adversa por no recurrir, o por recurrir fuera de término. En la provincia de Buenos Aires está escrito: el apoderado responde por los daños si no interpone los recursos contra la sentencia definitiva contraria (Ley 5177, art. 73 inc. a).

Escrito en la ley bonaerense
Las dos salidas que da la ley

El mismo artículo deja dos excepciones: que el cliente te haya dado una instrucción escrita en contrario, o que falten los fondos para recurrir. Por eso, si tu cliente decide no apelar, conviene que lo deje por escrito y firmado.

La prueba que no se produjo

No ofrecer o no impulsar la prueba que decidía el juicio. En un despido no se produjo el informe del Correo que autenticaba los telegramas, se rechazaron las multas laborales que reclamaba el cliente y la Cámara Civil porteña elevó el daño material a $3.461.273,47.

Sala E, 16/12/2025
Según la reseña

Reseña y comentario publicados por Microjuris en febrero de 2026: en primera instancia el daño material había sido de $1.172.256, la Cámara lo elevó y el daño moral se rechazó. El comentario enumera los descuidos típicos por los que responde un abogado: no recurrir, dejar perimir, no ofrecer o no producir la prueba a tiempo y no impulsar los actos que sólo el abogado puede hacer.

El consejo, el contrato, el plazo administrativo

No todo pasa en tribunales: un contrato mal redactado, un recurso administrativo que se venció, un consejo equivocado o un dato confidencial que se filtró por descuido. Son reclamos de tu cliente por culpa, por las consecuencias que eran previsibles cuando te contrató (arts. 1724 y 1728 del Código Civil y Comercial).

Fuera del expediente
El secreto profesional

Es un deber escrito en las leyes de colegiación: Ley 23.187, art. 6 inc. f (Ciudad de Buenos Aires); Ley 5177, art. 58 inc. 6 (Buenos Aires); Ley 5805, art. 19 inc. 7 (Córdoba); Ley 4976, art. 25 inc. 7 (Mendoza).

Un caso de Mendoza

En San Rafael, un abogado dejó caducar el juicio de su clienta y también su beneficio de litigar sin gastos, y ella no pudo pagar la tasa para apelar. La Cámara lo condenó a pagar los honorarios regulados en ese juicio perdido, que habían quedado a cargo de ella: $299.100 de 2017, más intereses.

San Rafael, 06/09/2017
El fallo, leído completo

Cámara Primera de Apelaciones Civil, Comercial, Minas, de Paz, Tributario y Familia de la 2.ª Circunscripción de Mendoza, expediente 29.045, en el sitio del Poder Judicial. El abogado renunció al mandato cuando la caducidad ya había operado, y la Cámara dijo que la culpa de los abogados que tomaron el caso después no cortaba la relación entre su descuido y el daño.

Lo que no es un error. Retener fondos o documentos de un cliente, abandonar la defensa o renunciar a destiempo son faltas en las leyes de colegiación (Ley 23.187, art. 44 inc. d; Ley 5177, art. 25 inc. 4; Ley 5805, art. 21). El seguro está pensado para el error: la planilla habla de culpa o negligencia, y la Ley de Seguros deja sin derecho a indemnización al asegurado que provoca el hecho por dolo o culpa grave (art. 114).

Tu ley y la planilla, cruzadas

Por qué a un abogado le alcanza con cuatro datos

La planilla de Sancor para abogados pide cuatro datos y ningún cuestionario: no pregunta tu fuero, tus años de ejercicio ni si tuviste reclamos, y nosotros no te agregamos preguntas de riesgo. Cada dato tiene una norma detrás, y entre los cuatro definen a quién asegura la póliza.

Tu matrícula

La planilla asegura al «profesional matriculado», y en todas las leyes que leímos la matrícula, junto con el título, es lo que te habilita a ejercer.

Asegurado: profesional matriculado
Dónde lo dice tu ley

Ley 23.187, art. 2 (Ciudad de Buenos Aires); Ley 5177, art. 1 (Buenos Aires); Ley 5805, art. 1 (Córdoba); Ley 10.160, art. 303 (Santa Fe); Ley 4976, art. 2 (Mendoza). En la solicitud la cargás como figura en tu credencial: el tomo y folio, o el número, y el colegio que te la otorgó.

Tu domicilio particular

Dirección, código postal y ciudad. La cobertura no depende de dónde vivís: vale en la «República Argentina, según matrícula habilitante», o sea, donde tu matrícula te habilita a actuar.

Ámbito: todo el país
El domicilio del estudio es otra cosa

Ese te lo pide tu ley de colegiación en la jurisdicción de tu matrícula: Ley 23.187, art. 6 inc. c; Ley 5177, art. 58 inc. 4; Ley 4976, art. 25 inc. 12, que aclara que eso no impide tu actuación en otras circunscripciones.

Vos, con DNI y nombre

La póliza asegura a una persona por su ejercicio liberal: lo que hacés con tus clientes, a tu nombre. El Código Civil y Comercial lo regula como obligación de hacer, con responsabilidad subjetiva, salvo que hayas comprometido un resultado concreto (art. 1768).

Ejercicio liberal
Si trabajás en relación de dependencia

Ese trabajo se rige por el derecho laboral (art. 1252 del Código Civil y Comercial), y la planilla no dice nada de estudios organizados como sociedad: si es tu caso, contanos antes de emitir y lo vemos con Sancor.

La culpa que cubre

La planilla cubre actos, hechos u omisiones «con culpa o negligencia». Es la culpa del art. 1724: imprudencia, negligencia o impericia en el arte o profesión, medida con la vara alta del art. 1725 por la confianza especial que te tiene tu cliente.

Arts. 1724 y 1725
Medios, no resultado

La regla es que te obligás a poner los medios, no a ganar: una actividad con la diligencia apropiada, independientemente de su éxito (art. 774 inc. a). En Mendoza, además, la Ley 4976 te prohíbe asegurarle al cliente el éxito del pleito (art. 26 inc. 7). Y el juez puede poner la carga de probar la diligencia en quien está en mejor situación de aportarla (art. 1735).

Cuando llega el reclamo

Tres artículos de la Ley de Seguros para tener a mano

3 díasPara avisarle a Sancor desde que recibís el reclamo: el plazo es de la ley (arts. 46 y 115) y la planilla pide que el aviso sea por escrito. Si no avisás, podés perder el derecho a ser indemnizado (art. 47).
Art. 116No podés reconocer tu responsabilidad ni transar con tu cliente sin la anuencia de Sancor. Antes de contestar una carta documento, hablalo con nosotros.
Art. 118Si tu cliente te demanda, puede citar a Sancor en garantía hasta que se reciba la causa a prueba: la compañía queda en el mismo expediente.

Como abogado lo vas a leer enseguida: los 3 días no son un invento de la compañía, son de la ley, y la planilla los pone además como condición de la cobertura.

Jurisdicción por jurisdicción

Qué te pide tu colegio o tu cliente

Leímos completas las leyes de ejercicio de la abogacía de cinco jurisdicciones y las páginas de varios colegios. Esto es lo que dicen, una por una. Donde dice «no encontramos», es eso: que no lo encontramos, no que no exista.

La ley no nombra el seguro

Ciudad de Buenos Aires

La Ley 23.187 pide título e inscripción en la matrícula del Colegio Público (art. 2), y la palabra «seguro» no aparece en ella. En la página de convenios y beneficios del Colegio Público de la Abogacía, leída el 07/10/2026, no figura un seguro de responsabilidad civil profesional.

La ley escribe los daños

Provincia de Buenos Aires

La Ley 5177 no pide seguro ni fianza, pero sí escribe una responsabilidad concreta: el apoderado responde por los daños si no recurre la sentencia definitiva contraria (art. 73 inc. a). El Colegio de Abogados de Azul anunció en julio de 2024 un seguro de RC profesional opcional para sus matriculados, a costo diferenciado. En COLPROBA y en el Colegio de La Plata no encontramos un convenio.

La ley no nombra el seguro

Córdoba

La Ley 5805 pide título y matrícula en un colegio (art. 1) y no menciona seguro ni fianza. Entre sus faltas están abandonar o descuidar inexcusablemente la defensa y demorar sin justificación la entrega de fondos o documentos (art. 21), sin perjuicio de las responsabilidades civiles (art. 50). La página de convenios del Colegio de Abogados de Córdoba no la pudimos leer.

La ley prevé una fianza, no un seguro

Santa Fe

Para ejercer la procuración, la Ley 10.160 prevé una fianza ante el colegio (arts. 305 y 315) que responde «al pago de los daños y perjuicios ocasionados a su cliente por negligencia o mal desempeño de sus funciones» (art. 306), y el estatuto del Colegio de Abogados de Santa Fe la repite (art. 16). La ley dice «seis mil pesos»; cuánto pide hoy cada colegio no lo verificamos.

La ley no nombra el seguro

Mendoza

La Ley 4976 no menciona seguro, fianza ni caución. Te pide «emplear la mayor diligencia en la gestión encomendada» (art. 25 inc. 8) y aclara que el poder disciplinario no excluye la responsabilidad civil (art. 41). El Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza ofreció en 2022 descuentos en seguros, con una bonificación en mala praxis hasta el 31/12/2022; no encontramos una nota posterior.

Todavía no lo leímos

El resto del país, y tus clientes

Las otras diecinueve jurisdicciones no las leímos: si ejercés en una de ellas y tu colegio pide algo, contanos y lo sumamos. Tampoco encontramos empresas ni licitaciones que publiquen este seguro como requisito para un abogado externo. Si un cliente te lo pide, decinos la suma y armamos la solicitud con esa, hasta $50.000.000.

Un dato de Santa Fe

Hay una ley que ya pensó en tu cliente

La fianza de la Ley 10.160 no es un seguro: la da un fiador o un bien, ante el colegio. Pero mira exactamente el mismo riesgo que esta póliza: el daño que tu negligencia le causa a tu cliente, cuando hay sentencia firme.

La diferencia es de escala. La póliza responde en todo el país según tu matrícula, con la suma que elegís vos, de $5.000.000 a $50.000.000. Y donde ninguna ley prevé nada, el riesgo es el mismo: si un cliente te reclama, respondés con tu patrimonio (arts. 1716 y 1724 del Código Civil y Comercial).

Lo que dice la planilla, y lo que no dice

Qué cubre y qué no el seguro de RC profesional para abogados

Todavía no tenemos en la mano una póliza de este producto emitida para un abogado. Lo que sigue es lo que dice la planilla de cotización de Sancor para abogacía, en criollo. Lo que la planilla no dice, no te lo afirmamos ni para bien ni para mal.

Lo que dice la planilla

Entra

  • El reclamo de tu cliente. Cubre «únicamente la Responsabilidad Civil Contractual»: lo que te reclama quien te contrató, por actos, hechos u omisiones tuyos con culpa o negligencia en el ejercicio liberal de la profesión.
  • En todo el país. «República Argentina, según matrícula habilitante».
  • Por reclamo, claims made. El reclamo que te notifican por escrito mientras la póliza está vigente, por trabajos hechos desde tu primera póliza con Sancor: la retroactividad es el «Inicio de Vigencia de póliza con este Asegurador».
  • Con la suma vigente al denunciar. Paga hasta la suma asegurada de la póliza vigente el día de la denuncia, no la del año del error.
  • Anual, en 12 cuotas. Facturación anual en 12 cuotas iguales y consecutivas, con todos los impuestos incluidos.

Lo que deja afuera, o no dice

No entra, o lo confirmamos con tu póliza

  • Lo anterior a tu primera póliza. Un error de antes de contratar no entra, aunque el reclamo llegue después.
  • El reclamo que llega sin póliza vigente. La planilla excluye los reclamos que llegan fuera de la vigencia o de su renovación, aunque el trabajo se haya hecho con la póliza al día.
  • El aviso fuera de término. La cobertura exige que le notifiques el reclamo a Sancor por escrito dentro de los tres días de recibido.
  • El reclamo de quien no te contrató. La planilla habla únicamente de la responsabilidad contractual: el reclamo de alguien que no es tu cliente no está entre lo que describe.
  • Lo que la planilla no menciona: exclusiones, gastos de defensa, cuántos reclamos admite por año, si asegura a un estudio organizado como sociedad o los actos de tus colaboradores, y si hay un plazo extra para denunciar después de la última póliza. No te lo afirmamos: lo confirmamos con tu póliza, y te la repasamos cuando llegue.

Planilla «Cotización para la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional: Abogados» de Sancor Seguros («Próx. Act. 01/08/2025»), cotejada el 07/10/2026. Con praxis aprendimos que la póliza emitida puede decir otra cosa que la planilla: por eso acá va sólo lo que la planilla dice, y cuando tengamos la póliza de abogados la explicamos entera.

La base de cobertura

Claims made, con un expediente de ejemplo

Tu RC profesional cubre el reclamo que te llega mientras la póliza está vigente, por trabajos hechos desde tu primera póliza. Lo anterior no está cubierto, y si dejás de renovar, los reclamos que lleguen después no los cubre nadie, aunque el trabajo haya sido con la póliza vigente: te pueden reclamar durante 3 años desde que el daño se conoce (art. 2561 del Código Civil y Comercial).

Contratás en octubre de 2026 y renovás todos los años. En 2028 un expediente queda sin impulso y caduca; tu cliente recién se entera en 2030, cuando pide el desarchivo, y desde ahí corren sus 3 años para reclamarte, como en el caso de 2024 de más arriba (arts. 2554 y 2561 del Código Civil y Comercial). La carta documento te llega en 2032. Si ese día tenés la póliza vigente, el reclamo entra, con la suma que tengas en 2032; si dejaste de renovar en 2031, no lo cubre nadie, aunque la caducidad haya pasado con la póliza al día. Y un juicio que caducó en 2025, antes de tu primera póliza, no entra nunca, llegue cuando llegue el reclamo. Cuando la carta llega, se la avisás a Sancor por escrito dentro de los 3 días. Es la base de todas las profesiones de este producto, y la explicamos entera, con todas sus consecuencias, en qué es un seguro claims made y por qué tu RC profesional es así. Acá arriba, el reloj con tus años.

Cómo se contrata

Tres pasos y cuatro datos, todo desde el celular

Abogados es una de las tres profesiones de este producto que, según la planilla de Sancor, se emiten con cuatro datos y sin cuestionario. Lo hacés en esta página, y una persona del equipo revisa tu solicitud antes de presentarla.

1

Simulás

Elegís la suma entre las diez de la planilla y ves la cuota de referencia, el total del año y el deducible. Si querés la simulación en PDF, te pedimos tu nombre y un contacto para mandártela.

2

Cargás tus datos y firmás

Los cuatro que pide Sancor: DNI, nombre y apellido, matrícula (tomo y folio, o número, y el colegio que te la otorgó) y domicilio particular. Sumás tu CUIT, un teléfono y un mail para la póliza, leés la advertencia sobre la suma y la cobertura por reclamo, y firmás con el dedo.

3

Comienza el proceso de emisión

Revisamos tu solicitud y la presentamos a Sancor Seguros, que la suscribe y emite. Te avisamos por WhatsApp y por mail, y no pagás nada hasta que la póliza esté emitida. Tu solicitud firmada te la llevás en PDF en el momento.

Lo que hacemos nosotros: ayudarte a elegir una suma pensada para lo que va a valer un reclamo cuando llegue, cuidar que la solicitud salga bien y acompañarte en cada renovación, porque en claims made renovar sin cortes es parte de la cobertura. Y si te llega una carta documento, hacemos juntos la denuncia a Sancor dentro de los 3 días. Somos productores asesores matriculados ante la Superintendencia de Seguros de la Nación (matrícula SSN N° 71141), con oficina en Mendoza y clientes en todo el país.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan los abogados

Cuánto cuesta el seguro de mala praxis para abogados?

Depende de la suma asegurada, de $5.000.000 a $50.000.000. Arranca en $3.450 por mes y llega a $21.750 por mes con la suma más alta, en 12 cuotas y con impuestos incluidos: son valores de referencia, desde, de la planilla de Sancor Seguros para abogacía, cotejada el 07/10/2026 y sujeta a actualización. Es la misma tarifa que la de praxis, que validamos el 07/09/2026 con una póliza emitida. La tabla con las diez sumas está en esta página, y el simulador te da tu número al instante.

La ley o mi colegio me piden tener seguro de mala praxis?

En las cinco jurisdicciones cuyas leyes leímos completas (Ciudad de Buenos Aires, provincia de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Mendoza), el seguro no figura entre los requisitos para ejercer: piden título y matrícula. Santa Fe es la que más se acerca: para ejercer la procuración, la Ley 10.160 prevé una fianza que responde por los daños que le causes a tu cliente por negligencia (art. 306), que es una garantía y no un seguro. En los colegios que pudimos revisar no encontramos que lo pidan, y las otras diecinueve jurisdicciones no las leímos. Aunque nadie te lo pida, si un cliente te reclama respondés igual, con tu patrimonio (arts. 1716 y 1724 del Código Civil y Comercial).

Mi colegio tiene un convenio de seguro de mala praxis?

Depende del colegio, y conviene mirarlo antes de contratar. Lo que encontramos: el Colegio de Abogados de Azul anunció en julio de 2024 un seguro de RC profesional opcional para sus matriculados, a costo diferenciado; el de Mendoza ofreció en 2022 descuentos en seguros, con una bonificación en mala praxis que venció el 31/12/2022, y no encontramos una nota posterior; en la página de convenios del Colegio Público de la Abogacía porteño no figura un seguro de RC profesional. Del resto no tenemos el dato confirmado. Si tu colegio tiene uno, mandanos las condiciones y lo comparamos con este punto por punto: la base de cobertura, la suma, el aviso del reclamo y qué pasa si dejás de renovar.

Qué pasa si se me pasa un plazo y el juicio caduca?

Es el reclamo más típico contra un abogado. Tu cliente te puede reclamar la chance que perdió (art. 1739 del Código Civil y Comercial), que no es lo que pedía en el juicio sino la probabilidad de haberlo ganado, y muchas veces el daño moral. Tiene 3 años (art. 2561), contados desde que el reclamo es exigible: en un fallo porteño de 2024 se contaron desde que el cliente se enteró, más de tres años después de la caducidad. Con esta póliza, ese reclamo entra si la caducidad es posterior a tu primera póliza con Sancor y la póliza está vigente el día que te llega. Y apenas llegue, avisanos: Sancor tiene que saberlo por escrito dentro de los 3 días.

Cubre los juicios que ya tengo en trámite?

Cubre lo que hagas, o dejes de hacer, en esos expedientes desde tu primera póliza con Sancor: un plazo que se vence después de contratar, entra. Lo que ya pasó antes de contratar no entra, aunque el reclamo llegue después: para la planilla, la retroactividad arranca con el inicio de vigencia de tu primera póliza con este asegurador. Por eso, cuanto antes contratás, más de tu trabajo queda adentro.

Me recibí hace poco. Me conviene contratarlo ya?

Es cuando más rinde, por cómo funciona el claims made: lo que cubre arranca con tu primera póliza, así que si contratás con la matrícula recién jurada, todo tu trabajo queda adentro desde el primer expediente, siempre que renueves sin cortes. Para Sancor la retroactividad es la de tu primera póliza y sus renovaciones consecutivas con ella: si cortás, vuelve a empezar. Con $5.000.000 de suma arranca en $3.450 por mes, valor de referencia, y la suma la podés revisar en cada renovación.

Qué suma asegurada me conviene?

La que alcance para lo que va a valer un reclamo el día que llegue, porque la póliza paga con la suma vigente al denunciar, no con la del año del error, y es un monto fijo que no se actualiza con la inflación. Como referencia, dos fallos recientes según sus reseñas: en 2024 la Cámara Civil porteña reconoció más de $4.400.000 por un juicio caído (chance perdida, daño moral y tratamiento psicológico), y en 2025 elevó a $3.461.273,47 el daño material por una prueba que no se produjo. Si tu trabajo mueve montos grandes, conviene una suma más alta, y en cualquier caso, revisala en cada renovación.

Me llegó una carta documento de un cliente. Qué hago?

Avisanos ese mismo día, y no contestes reconociendo nada. Tres reglas: Sancor tiene que recibir el aviso por escrito dentro de los 3 días de recibido el reclamo (lo pide la planilla y lo pide la Ley de Seguros en sus arts. 46 y 115; si no, podés perder el derecho a ser indemnizado, art. 47); la ley no te deja reconocer tu responsabilidad ni transar con tu cliente sin la anuencia de Sancor (art. 116); y guardá todo: la carta, el expediente, los mails y las instrucciones que te dio por escrito. Para la planilla, el reclamo es el reclamo económico que tu cliente te notifica en forma fehaciente y por escrito: por ejemplo, una carta documento, una mediación o una demanda.

Si mi cliente me demanda, puede citar a Sancor al juicio?

Sí. La Ley de Seguros le permite al damnificado citar en garantía al asegurador hasta que se reciba la causa a prueba (art. 118), así que Sancor puede quedar en el mismo expediente. Es una razón más para avisarle por escrito dentro de los 3 días de recibido el reclamo, y para no reconocer ni arreglar nada sin su anuencia (art. 116).

Trabajo en un estudio o en relación de dependencia. Me sirve?

La planilla asegura al profesional matriculado por el ejercicio liberal de su profesión: lo que hacés con tus propios clientes, a tu nombre. El trabajo en relación de dependencia se rige por el derecho laboral (art. 1252 del Código Civil y Comercial), y la planilla no dice nada de estudios organizados como sociedad ni de los actos de tus colaboradores. Si además del empleo tenés clientes propios, la póliza es para esa parte. En cualquier caso, contanos cómo trabajás antes de emitir y lo vemos con Sancor.

Si me jubilo o dejo de ejercer, qué pasa con los reclamos que lleguen después?

Con una póliza claims made, los reclamos que te lleguen después de dejar de renovar no los cubre nadie, aunque el error haya sido con la póliza al día. Y tu cliente tiene 3 años para reclamarte desde que el reclamo es exigible (art. 2561 del Código Civil y Comercial), que puede ser mucho después del error. La planilla de Sancor no menciona un plazo extra para denunciar después de la última póliza; si la póliza lo trae, te lo vamos a contar. Si estás pensando en dejar, hablemos antes: el momento de cortar se elige mirando qué expedientes todavía pueden traer un reclamo.

Puedo contratarlo si ejerzo fuera de Mendoza?

Sí. La planilla dice «República Argentina, según matrícula habilitante»: la póliza sigue a tu matrícula, en cualquier provincia. Nuestra matrícula de productor asesor es nacional (SSN N° 71141) y el trámite es 100 % digital: simulás acá, cargás tus datos, firmás con el dedo y comienza el proceso de emisión. La oficina está en Mendoza y te acompañamos por WhatsApp, mail o videollamada.

El plazo lo cuidás vos. Para el reclamo, está la póliza.

Elegí la suma, cargá tus cuatro datos y firmá desde el celular. Del otro lado hay una persona del equipo que revisa tu solicitud antes de que comience el proceso de emisión.