Preguntas 1, 2 y 6
Nombre o razón social, ubicación del estudio, matrícula: número, fecha, tipo, autoridad y otras matrículas
La cobertura vale «según matrícula habilitante», dice la planilla, y la matrícula es la puerta de entrada en todas las jurisdicciones: en jurisdicción nacional el Decreto-Ley 6070/58 (art. 11, y art. 24 con prisión para quien ejerce sin ella); en Mendoza la Ley 5350 para arquitectos (art. 11) y la Ley 8171 para arquitectos, ingenieros y técnicos (art. 4); en Buenos Aires las Leyes 10.405 y 10.416 (art. 2 de cada una); en Santa Fe la Ley 10.653 (art. 3); en Córdoba la Ley 7674 (art. 4, texto según Ley 10.818). Trabajar en otra provincia sin su matrícula es ejercer sin habilitación: por eso Sancor pregunta «otras matrículas».
Pregunta 3
Descripción de la actividad que realiza
Proyecto, dirección de obra, cálculo, representación técnica, pericias: el rol que declarás es el que se asegura, y es el que la ley mira para hacerte responder «según la causa del daño» (art. 1274 inc. c). En Mendoza la Ley 5350 (art. 10) enumera qué es ejercer la arquitectura: proyectos, dirección técnica, administración y relevamientos de obras, dictámenes y pericias.
Pregunta 7
Realiza trabajos de ingeniería de medio ambiente
Es un riesgo de suscripción distinto (contaminación, polución, remediación), por eso va aparte. Si además dirigís la higiene y seguridad de la obra, el Decreto 911/96 (art. 16) exige a ingenieros y arquitectos un posgrado de no menos de 400 horas y hace esa función incompatible con cualquier otra en la misma obra: contanos qué hacés y lo declaramos bien.
Pregunta 8
Está Ud. empleado o contratado
La planilla asegura el «ejercicio liberal de su profesión», y el Código manda los servicios en relación de dependencia al derecho laboral (art. 1252). Ojo: en Mendoza un director técnico empleado de la constructora fue condenado junto con ella igual (caso «Deblasi», dictamen de la Procuración de 2021). Si trabajás en relación de dependencia, contanos antes de emitir y lo consultamos con Sancor: no lo damos por cubierto.
Pregunta 9
Valor promedio de las obras/proyectos que realiza
El reclamo por una obra se mide en costo de obra: la ruina es rehacer lo que se arruinó, y la responsabilidad dura diez años (arts. 1273 a 1275). Sancor dimensiona el riesgo por lo que vale lo que podés arruinar. Es también la mejor guía para elegir tu suma.
Pregunta 10
Ingresos anuales del solicitante
No hay una ley atrás: es suscripción pura. Cuánto trabajás es cuántas obras tenés en la calle, y más obras son más reclamos posibles. No es una declaración fiscal (la categoría ante la DGI y el CUIT se piden aparte, al final).
Preguntas 11 y 12
Fecha original de la petición de la póliza y suma asegurada
Esa fecha es el día cero de tu cobertura: la retroactividad es el «inicio de vigencia de póliza con este asegurador», dice la planilla, y todo lo anterior queda afuera. La suma la elegís entre las diez de la planilla; se paga con la que esté vigente el día que denunciás, así que conviene revisarla en cada renovación.
Pregunta 13, a) a g)
Prisión, sanciones del colegio, seguro rechazado, drogas, rehabilitación, hechos que puedan dar reclamos, juicios por mala praxis
Los colegios tienen poder de policía y sancionan (Decreto-Ley 6070/58, art. 16; Mendoza, Ley 5350, art. 7). Y lo que ya sabés que puede terminar en reclamo antes de contratar no se cubre: por eso se pregunta. Un «sí» en antecedentes no frena nada: se registra y lo trabajamos con Sancor. Lo que sí anula el contrato es ocultarlo: el propio formulario dice que la omisión o falsedad, aun de buena fe, es reticencia.