Caso #24 · Agua y luzSeguro de hogarSeguro de comercio

Si hay un cortocircuito o una sobretensión y se me quema algo, lo cubre el seguro contra incendio?

Depende de la causa: la cobertura de incendio deja afuera el daño eléctrico directo, aunque salga fuego, pero suele cubrir el mayor daño que hace el fuego al propagarse. Y un rayo, con o sin fuego, suele entrar si tenés incendio y rayo para ese bien y se puede mostrar de manera razonable que fue un rayo.

La respuesta cortaDepende

de la causa: un rayo acreditado suele entrar si tenés incendio y rayo; lo que quema un corto o una sobretensión, no

De qué depende ↓ Actualizado el
La respuesta completa

El seguro contra incendio no cubre el daño eléctrico directo (cortocircuito, sobretensión, arco o falla interna), aunque se vea con fuego. Sí suele cubrir el mayor daño que provoca el fuego al propagarse o una explosión, si tenés la cobertura de incendio. Y un rayo suele entrar, con o sin fuego, si tenés incendio y rayo, el bien está asegurado y se puede mostrar de manera razonable que fue un rayo. Lo que incendio deja afuera puede entrar por otra cobertura, como la de fluctuación de energía: lo vemos con tu póliza.

El dato que cambia el casoTocá una opción

Qué causó el daño y qué pasó después?

  • Cayó un rayo y hay cómo mostrarlo Entra

    Un rayo suele entrar por la cobertura de incendio y rayo, con o sin fuego, si la tenés contratada, el bien está asegurado y se puede mostrar de manera razonable que fue una descarga atmosférica. Qué prueba alcanza lo vemos con tu póliza.

  • Corto o sobretensión, sin fuego No entra

    Si se quemó sólo la parte eléctrica (una térmica, un cable, un tomacorriente), la cobertura de incendio no lo cubre, aunque se vea quemado. Otra cobertura de tu póliza puede alcanzar algunos bienes, por ejemplo ciertos aparatos por la de fluctuación de energía, según tu plan: lo vemos con tu póliza.

  • Corto o sobretensión, con fuego Depende

    Lo que quemó la electricidad (la térmica, el cable donde empezó) no entra por incendio. Lo que el fuego destruyó de más al propagarse suele entrar, si tenés la cobertura de incendio y el daño es mayor que el del componente eléctrico. Una parte entra y otra no.

  • Explotó algo eléctrico Depende

    El componente que explotó no entra por incendio, pero lo que rompió la onda expansiva en las paredes, en la tapa del tablero o en los revestimientos suele entrar, si tenés incendio, aunque no se haya visto fuego. Si sólo se dañó la parte eléctrica, no hay un mayor daño y no entra.

  • Hubo tormenta, sin prueba de rayo Depende

    Que haya habido tormenta no alcanza para tratarlo como rayo: hay que poder mostrar de manera razonable que cayó una descarga. Sin esa prueba se aplica la regla de la sobretensión y por incendio no entra. Qué prueba sirve lo vemos con tu póliza.

Esto es una orientación general para entender cómo se suele analizar un caso. No reemplaza tu póliza ni es una respuesta de la compañía sobre un siniestro: lo que define es lo que dice tu póliza (coberturas, sumas, franquicias y exclusiones) y lo que se verifique del hecho.

8 casos

Casos que suelen pasar

Cada uno con su veredicto, el porqué y el dato que lo da vuelta.

Caso 01No entra

Una sobretensión quemó una térmica, sin fuego

Mi seguro tiene incendio y rayo, y nada más para daños eléctricos. Una sobretensión de la red me quemó una térmica del tablero. No hubo fuego ni otros daños.

Por qué: La causa es un fenómeno eléctrico interno y no hubo propagación ni explosión que dañara otra cosa. La cobertura de incendio deja afuera el daño eléctrico directo, y reemplazar la térmica es justo eso.

El dato que cambia el caso

Si un rayo quemó la misma térmica y se puede mostrar de manera razonable que fue un rayo: Entra

Se analiza por incendio y rayo y suele entrar, si esa cobertura está contratada y el tablero está entre los bienes asegurados. La diferencia está en la causa, no en lo que se ve quemado.

Caso 02Depende

La sobretensión prendió fuego el tablero

En mi local, una sobretensión quemó una térmica y el fuego se propagó al resto del tablero, al cableado, a los tomacorrientes y a las luminarias.

Por qué: Una parte entra y otra no. La térmica es daño eléctrico directo y queda afuera. Lo que el fuego dañó al propagarse suele entrar por incendio, con esa cobertura contratada y dentro de la suma asegurada y las exclusiones de la póliza.

El dato que cambia el caso

Si no hubo fuego ni propagación y sólo se quemó la térmica: No entra

Sin propagación queda sólo el daño eléctrico directo, que incendio no cubre.

Caso 03Depende

Explotó algo eléctrico y se dañaron las paredes

En casa explotó algo en el tablero, sin fuego a la vista. Se dañó el gabinete del tablero y las paredes de al lado.

Por qué: El daño eléctrico directo en el tablero no entra, aunque haya sido una explosión. Lo que la onda expansiva rompió, como las paredes, suele entrar por incendio, con esa cobertura contratada, dentro de la suma asegurada y las exclusiones.

El dato que cambia el caso

Si las paredes no sufrieron daños y sólo se dañó lo eléctrico del tablero: No entra

Sin un daño mayor por la onda expansiva, queda sólo el daño eléctrico directo, que está excluido aunque se haya manifestado como una explosión.

Caso 04Entra

Un rayo quemó el tablero, sin fuego

Cayó un rayo, o una descarga atmosférica bien comprobada, y se quemó el tablero eléctrico de mi casa. No hubo incendio ni fuego a la vista. Mi seguro tiene incendio y rayo.

Por qué: La causa es un rayo, y el rayo no necesita fuego para entrar. Suele entrar por incendio y rayo si esa cobertura está contratada, el tablero está entre los bienes asegurados y se puede mostrar de manera razonable que fue un rayo.

El dato que cambia el caso

Si no se puede mostrar de manera razonable que fue un rayo: Depende

Sin esa prueba el daño se mira como un fenómeno eléctrico común, que incendio no cubre, y puede entrar por otra cobertura si la tenés. Lo vemos con tu póliza.

Caso 05Entra

Un rayo prendió fuego la casa

Mi seguro de hogar tiene incendio y rayo. Cayó un rayo sobre la casa, se prendió fuego y el fuego se propagó a varios ambientes.

Por qué: La causa es el rayo, no un fenómeno eléctrico interno, así que no se aplica la exclusión del daño eléctrico. Suele entrar por incendio y rayo, con las demás condiciones de la póliza: el bien asegurado y la suma asegurada.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza no tuviera contratada la cobertura de incendio y rayo: No entra

El rayo es un riesgo de esa cobertura: tiene que estar contratada.

Caso 06Depende

Un rayo cerca quemó heladera y televisor

Cayó un rayo cerca de casa, hubo una descarga atmosférica y se me quemaron la heladera y el televisor. No hubo fuego a la vista.

Por qué: Un rayo, aun sin fuego, suele entrar por incendio y rayo si queda razonablemente acreditado. Pero si esa cobertura alcanza a la heladera y al televisor en tu plan, o sólo al contenido en general, no está definido de forma general: lo vemos con tu póliza.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza tiene esos aparatos entre los bienes asegurados por incendio y rayo, y se puede mostrar que fue un rayo: Entra

Con esas dos cosas, el rayo suele entrar aunque no haya fuego. Si en cambio la causa fue una variación de tensión de la red y no un rayo, por incendio no entra y puede entrar por fluctuación de energía, si tu póliza la tiene.

Caso 07Depende

Pico de tensión y la heladera quemada

Se cortó la luz y, cuando volvió, hubo un pico de tensión y se me quemó la heladera.

Por qué: Por la cobertura de incendio no entra: una sobretensión de la red es un fenómeno eléctrico interno y el daño eléctrico directo queda afuera. Pero esa exclusión es sólo de incendio: la heladera puede entrar por la cobertura de fluctuación de energía, si tu plan de hogar la tiene y alcanza a la heladera.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza no tiene cobertura de fluctuación de energía: No entra

Sin fluctuación contratada ni incluida en tu plan no queda otra vía: incendio no lo cubre y ese riesgo no está contratado. La fluctuación la vemos en la página del corte de luz y el pico de tensión.

Caso 08Depende

Hubo tormenta y se quemó el módem

Hubo tormenta eléctrica y se me quemó el módem. Nadie vio caer un rayo y no hay ninguna prueba de que haya caído uno cerca.

Por qué: Para que el daño se analice como rayo, tiene que poder mostrarse de manera razonable que cayó una descarga atmosférica. La tormenta sola no alcanza para dejar de lado la exclusión del daño eléctrico. Qué prueba sirve lo vemos con tu póliza.

El dato que cambia el caso

Si se puede mostrar de manera razonable que cayó una descarga atmosférica y tu póliza tiene ese aparato entre los bienes asegurados por incendio y rayo: Entra

Con la causa acreditada, el daño se analiza por incendio y rayo y suele entrar, si esa cobertura está contratada.

La explicación

En criollo

Lo que importa es la causa, no lo que se ve quemado

La cobertura de incendio de un seguro de hogar o de comercio no cubre cualquier cosa que se queme con electricidad. Deja afuera el daño eléctrico directo: el que producen una sobretensión de la red, un cortocircuito, un arco eléctrico o una falla interna de la instalación o del aparato. Eso vale aunque el daño se vea como fuego, como metal fundido o como un estallido.

La razón es de causa. Para la póliza, el incendio es un riesgo y el desperfecto de la propia electricidad es otro, que se cubre, si se cubre, con otras coberturas. Por eso dos cosas igual de quemadas pueden tener respuestas distintas, según qué las quemó.

El fuego que se propaga cuenta aparte

Imaginá que un cortocircuito en el cable de la lavadora prende fuego el mueble del lavadero y las cortinas. El cable y la ficha, que se quemaron por la electricidad, no entran por incendio. El mueble y las cortinas, que destruyó el fuego al propagarse, sí suelen entrar, con la cobertura de incendio del contenido contratada y dentro de la suma asegurada.

Lo mismo pasa con una explosión: el componente que explotó queda afuera, pero lo que rompió la onda expansiva suele entrar. No hace falta que se incendie toda la casa. Alcanza con que el daño sea mayor que el del componente eléctrico que se afectó primero.

El rayo se trata aparte

Para la póliza, un rayo no es una sobretensión. Es un riesgo propio de la cobertura de incendio y rayo y no necesita fuego: si cae un rayo y se quema un tablero o un aparato, puede entrar aunque nada se haya prendido, siempre que tengas esa cobertura contratada y el bien esté asegurado.

La condición que más pesa es poder mostrar de manera razonable que la causa fue una descarga atmosférica. Que haya habido tormenta no alcanza solo: sin esa prueba el daño se mira como cualquier fenómeno eléctrico. Qué prueba sirve no está definido de forma general, y por eso conviene juntar todo lo que muestre qué pasó y consultarnos.

Lo que incendio deja afuera puede entrar por otro lado

La exclusión es sólo de la cobertura de incendio. Un aparato que se quema por una variación de tensión puede estar cubierto por la cobertura de fluctuación de energía, por una de aparatos electrónicos o por un seguro técnico, según lo que tengas contratado. Por eso, antes de dar un daño eléctrico por perdido, hay que mirar la póliza completa y no sólo la parte de incendio.

Qué mirar en tu póliza

  • Que figure la cobertura de incendio y rayo, y para qué bienes rige: la vivienda o el local, el contenido, los aparatos.
  • En las exclusiones del incendio, el renglón de los fenómenos eléctricos: tiene que decir que el daño eléctrico directo queda afuera y que el mayor daño por propagación del fuego o por onda expansiva sí se indemniza.
  • Si tu plan tiene la cobertura de fluctuación de energía (pico de tensión, falla del suministro), incluida o como adicional, y a qué bienes alcanza.
  • Si hay una cobertura de aparatos electrónicos o un seguro técnico para el equipo que se quemó.
  • La suma asegurada y el deducible de cada cobertura, en tus condiciones particulares.

Si te pasa: qué juntar

  • La denuncia del siniestro con el relato: fecha, hora aproximada, qué pasó y qué se dañó.
  • Fotos del equipo o de la instalación dañada, del tablero y del lugar, y del posible origen del daño. Conservá las piezas dañadas por si la compañía quiere verlas.
  • Un informe de un electricista o técnico matriculado con la causa probable: si el daño es compatible con una sobretensión, un rayo o una falla interna, qué se afectó y si se puede reparar.
  • Si fue un rayo, todo lo que permita mostrar de manera razonable que cayó una descarga atmosférica.
  • Si hubo fuego o explosión, el acta de bomberos si intervinieron y un detalle de qué se dañó por la falla eléctrica y qué por el fuego o la explosión que vino después.
  • Presupuesto o factura de reparación, o de reposición si no se repara, y marca, modelo, antigüedad y factura de compra del equipo.

La lista completa de papeles, para tildar →

Para el que quiere el detalle

La letra chica, en criollo

La cláusula de exclusión, tal como figura

En las pólizas de Sancor de hogar y de comercio, la cobertura de incendio trae una exclusión específica que dice: «Cuando la corriente, descarga u otros fenómenos eléctricos afecten la instalación eléctrica, la maquinaria, aparatos y circuitos que la integran, aunque ellos se manifiesten en forma de fuego, fusión y/o explosión; no obstante será indemnizable el mayor daño que de la propagación del fuego o de la onda expansiva resultase para los bienes precedentemente enunciados.»

Son dos mitades de la misma frase: el daño eléctrico directo queda afuera, y el mayor daño que resulta de la propagación del fuego o de la onda expansiva se indemniza, siempre sujeto a la póliza, la suma asegurada y las demás exclusiones.

Qué queda dentro de la exclusión y cómo se aplica la excepción

Quedan comprendidos en la exclusión, entre otros, las sobretensiones de la red eléctrica, los cortocircuitos, las fallas internas de instalaciones eléctricas, las descargas eléctricas propias del sistema, los arcos eléctricos y la fusión de componentes eléctricos por causas internas.

La excepción alcanza a los mismos bienes eléctricos y también a otros distintos. No hace falta un incendio generalizado: alcanza con que el daño exceda al del componente eléctrico que se afectó primero. Y una falla gradual por desgaste, sin fuego que se propague ni rayo, no entra por incendio y rayo.

Cómo se trata el rayo

El rayo no se confunde con un fenómeno eléctrico interno siempre que pueda acreditarse de manera razonable que la causa del daño fue una descarga atmosférica. Es un riesgo propio de la cobertura de incendio y rayo, que tiene que estar contratada, con el bien afectado entre los bienes asegurados, el daño atribuible al rayo y sin una exclusión específica que aplique.

No requiere propagación del fuego ni incendio visible, y puede producir daños directos o indirectos en instalaciones eléctricas, maquinaria, aparatos o circuitos. La tormenta sola no reemplaza esa prueba: no se deja de lado la exclusión de los fenómenos eléctricos sólo porque hubo tormenta.

Lo que no está definido de forma general

Qué prueba alcanza para acreditar un rayo no está definido de forma general: lo vemos con tu póliza y con el caso.

Tampoco hay cifras generales: las sumas aseguradas, los sublímites y los deducibles figuran en tus condiciones particulares, y no está definido si hay un tope distinto para rayo o para los aparatos eléctricos. Y no está definido de forma general si la cobertura de incendio y rayo alcanza a los aparatos y electrodomésticos de cada plan o sólo al contenido en general.

Quedan sin respuesta general si otra cobertura alcanza a un aparato que se quema por una falla propia, sin sobretensión externa (por incendio, el daño eléctrico directo no entra), y de quién es la térmica o el tablero si alquilás o vivís en un edificio en propiedad horizontal. En esos casos lo vemos con tu póliza.

Fuente

Basado en las condiciones de póliza de Sancor Seguros y en los criterios con que la compañía analiza los siniestros (revisión de junio de 2026). Explicado por Farello. Revisado el 11 de octubre de 2026.

FAQ

Preguntas frecuentes

Si hay un cortocircuito o una sobretensión y se me quema algo, lo cubre el seguro contra incendio?

Por lo general, no el daño eléctrico en sí. La cobertura de incendio deja afuera lo que quema directamente la corriente (cortocircuito, sobretensión, arco o falla interna), aunque se vea con fuego. Sí suele cubrir el mayor daño que causa el fuego al propagarse o una explosión, con la cobertura de incendio contratada. Y lo que incendio deja afuera puede entrar por otra cobertura, como la de fluctuación de energía: lo vemos con tu póliza.

El seguro cubre si un rayo me quema la heladera o el televisor?

Puede entrar. El rayo se trata aparte del cortocircuito: con la cobertura de incendio y rayo contratada, suele entrar aunque no haya fuego, siempre que el bien esté asegurado y se pueda mostrar de manera razonable que fue un rayo. Si tus aparatos están alcanzados por esa cobertura en tu plan, lo vemos con tu póliza.

Se me quemó la térmica del tablero por una sobretensión, lo cubre el seguro?

Por la cobertura de incendio no: una sobretensión de la red es un fenómeno eléctrico interno y reemplazar la térmica queda afuera, aunque se haya quemado. Si el fuego se propagó o una explosión dañó otras cosas, ese mayor daño suele entrar. Y si tenés otra cobertura que alcance a la térmica, puede entrar por ahí: lo vemos con tu póliza.

Un cortocircuito prendió fuego la instalación, el seguro cubre el incendio?

En parte. El daño eléctrico directo, lo que quemó la corriente donde empezó, queda afuera. Lo que el fuego destruyó de más al propagarse suele entrar, con la cobertura de incendio contratada y dentro de la suma asegurada. No hace falta un incendio generalizado: alcanza con que el daño sea mayor que el del componente eléctrico original.

Qué diferencia hay entre una sobretensión y un rayo para el seguro?

Para la póliza son causas distintas. Una sobretensión de la red es un fenómeno eléctrico interno y la cobertura de incendio deja afuera el daño directo. El rayo es un riesgo propio de la cobertura de incendio y rayo y puede entrar aunque no haya fuego, si la tenés contratada, el bien está asegurado y se puede acreditar de manera razonable que fue un rayo. La diferencia está en la causa, no en lo que se quemó.

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Ojo

Esto es una orientación general para entender cómo se suele analizar un caso. No reemplaza tu póliza ni es una respuesta de la compañía sobre un siniestro: lo que define es lo que dice tu póliza (coberturas, sumas, franquicias y exclusiones) y lo que se verifique del hecho.