Lo que importa es la causa, no lo que se ve quemado
La cobertura de incendio de un seguro de hogar o de comercio no cubre cualquier cosa que se queme con electricidad. Deja afuera el daño eléctrico directo: el que producen una sobretensión de la red, un cortocircuito, un arco eléctrico o una falla interna de la instalación o del aparato. Eso vale aunque el daño se vea como fuego, como metal fundido o como un estallido.
La razón es de causa. Para la póliza, el incendio es un riesgo y el desperfecto de la propia electricidad es otro, que se cubre, si se cubre, con otras coberturas. Por eso dos cosas igual de quemadas pueden tener respuestas distintas, según qué las quemó.
El fuego que se propaga cuenta aparte
Imaginá que un cortocircuito en el cable de la lavadora prende fuego el mueble del lavadero y las cortinas. El cable y la ficha, que se quemaron por la electricidad, no entran por incendio. El mueble y las cortinas, que destruyó el fuego al propagarse, sí suelen entrar, con la cobertura de incendio del contenido contratada y dentro de la suma asegurada.
Lo mismo pasa con una explosión: el componente que explotó queda afuera, pero lo que rompió la onda expansiva suele entrar. No hace falta que se incendie toda la casa. Alcanza con que el daño sea mayor que el del componente eléctrico que se afectó primero.
El rayo se trata aparte
Para la póliza, un rayo no es una sobretensión. Es un riesgo propio de la cobertura de incendio y rayo y no necesita fuego: si cae un rayo y se quema un tablero o un aparato, puede entrar aunque nada se haya prendido, siempre que tengas esa cobertura contratada y el bien esté asegurado.
La condición que más pesa es poder mostrar de manera razonable que la causa fue una descarga atmosférica. Que haya habido tormenta no alcanza solo: sin esa prueba el daño se mira como cualquier fenómeno eléctrico. Qué prueba sirve no está definido de forma general, y por eso conviene juntar todo lo que muestre qué pasó y consultarnos.
Lo que incendio deja afuera puede entrar por otro lado
La exclusión es sólo de la cobertura de incendio. Un aparato que se quema por una variación de tensión puede estar cubierto por la cobertura de fluctuación de energía, por una de aparatos electrónicos o por un seguro técnico, según lo que tengas contratado. Por eso, antes de dar un daño eléctrico por perdido, hay que mirar la póliza completa y no sólo la parte de incendio.