Caso #18 · ClimaSeguro de hogarSeguro de comercioSeguro de consorcioRiesgos naturales

Si el viento o un incendio me rompe los vidrios, el seguro los cubre?

Con la cobertura de Cristales, el vidrio de una ventana o puerta roto por viento fuerte o incendio suele entrar hasta su tope (el sublímite) y con su deducible. Lo que sobra puede seguir por el viento fuerte o por Incendio Edificio, según la causa, si los tenés contratados y no aplica una exclusión; el balcón vidriado con viento, en principio, queda sólo en el tope de Cristales.

La respuesta cortaDepende

de tener Cristales y del vidrio: la ventana suele entrar, el balcón con viento en principio sólo hasta su tope

De qué depende ↓ Actualizado el
La respuesta completa

Con la cobertura de Cristales en tu póliza, los vidrios de ventanas, puertas y paños fijos rotos por viento fuerte o por incendio suelen entrar hasta el sublímite de esa cobertura y con su deducible. Si el daño lo supera, lo que sobra puede seguir por el viento fuerte del edificio o por Incendio Edificio, sólo si los tenés contratados y no aplica una exclusión. En un balcón vidriado, una galería abierta o una marquesina, con viento fuerte, en principio llega sólo el sublímite de Cristales. Lo vemos con tu póliza.

El dato que cambia el casoTocá una opción

Qué vidrio se rompió y qué lo rompió?

  • Ventana, por viento Entra

    Con la cobertura de Cristales en tu póliza y un viento de los que tu póliza reconoce como fuerte, el daño suele entrar hasta su sublímite y con su deducible. Lo que pase de ese tope puede seguir por el viento fuerte del edificio, sólo si lo tenés contratado y no aplica una exclusión.

  • Balcón vidriado, por viento Depende

    El balcón vidriado es una estructura abierta y el viento fuerte del edificio, en principio, no la alcanza. Con la cobertura de Cristales llega hasta su sublímite, y lo que pase de ese tope en principio no entra. Ese excedente sólo podría evaluarse si un análisis técnico y del contrato muestra que el cerramiento está integrado al edificio y tu póliza lo admite.

  • Ventana, por incendio Entra

    Con la cobertura de Cristales en tu póliza, el daño suele entrar hasta su sublímite y con su deducible. Lo que pase de ese tope puede seguir por Incendio Edificio, sólo si lo tenés contratado y no aplica una exclusión, con su deducible y según la modalidad de tu póliza (a prorrata se paga en proporción y puede ser menos).

  • Balcón vidriado, por incendio Depende

    La limitación de las estructuras abiertas es sólo del viento fuerte, no del incendio. Pero que el vidrio del balcón cuente como parte del edificio para Incendio Edificio lo vemos con tu póliza. Con la cobertura de Cristales en tu póliza, el daño suele entrar hasta su sublímite.

  • No veo Cristales en mi póliza Depende

    Casi todos estos casos arrancan por la cobertura de Cristales. Si tu plan la trae o se contrata aparte lo vemos con tu póliza. Con un balcón vidriado y viento fuerte, en principio no queda por dónde canalizarlo.

Esto es una orientación general para entender cómo se suele analizar un caso. No reemplaza tu póliza ni es una respuesta de la compañía sobre un siniestro: lo que define es lo que dice tu póliza (coberturas, sumas, franquicias y exclusiones) y lo que se verifique del hecho.

6 casos

Casos que suelen pasar

Cada uno con su veredicto, el porqué y el dato que lo da vuelta.

Caso 01Entra

El temporal me rompió las ventanas

Un temporal de viento fuerte me rompió los vidrios de las ventanas. Mi póliza tiene la cobertura de Cristales. Entra?

Por qué: El vidrio de una ventana es parte del edificio y se usa primero la cobertura de Cristales: suele entrar hasta su sublímite y con su deducible. Si el daño lo supera, lo que sobra puede seguir por el viento fuerte del edificio, si lo tenés contratado, el viento cumple lo que pide tu póliza y no aplica una exclusión.

El dato que cambia el caso

Si el vidrio roto es la baranda o el cerramiento de vidrio de un balcón: Depende

Es una estructura abierta: en principio no se aplica el viento fuerte del edificio y el daño llega sólo hasta el sublímite de Cristales.

Caso 02Depende

El viento me rompió el vidrio del balcón

Un viento fuerte rompió el cerramiento de vidrio (o la baranda de vidrio) de mi balcón. Mi póliza tiene la cobertura de Cristales. Entra?

Por qué: El vidrio del balcón es una estructura abierta: en principio el viento fuerte del edificio no se aplica y el daño suele entrar sólo hasta el sublímite de Cristales. Lo que pase de ese tope sólo podría evaluarse si un análisis técnico y del contrato muestra que el cerramiento está integrado al edificio y tu póliza lo admite.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza no tiene la cobertura de Cristales: No entra

Si el viento fuerte no alcanza al balcón vidriado y no hay Cristales, en principio no queda por dónde canalizarlo.

Caso 03Entra

Un incendio me rompió puertas y ventanas

Hubo un incendio y se rompieron los vidrios de las puertas y las ventanas. Mi póliza tiene la cobertura de Cristales. Entra?

Por qué: Se usa primero la cobertura de Cristales, hasta su sublímite y con su deducible. Lo que sobra puede seguir por Incendio Edificio, si lo tenés contratado y no aplica una exclusión, con su deducible y según la modalidad de tu póliza: si es a prorrata, se paga en proporción y puede ser menos.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza no tiene Incendio Edificio: Depende

El excedente sólo se analiza si esa cobertura está contratada; sin ella queda lo que alcance la cobertura de Cristales.

Caso 04No entra

Rompió tantas ventanas que pasó el tope

El viento fuerte rompió muchas ventanas y el arreglo cuesta más que el tope de Cristales de mi póliza. No tengo contratado el viento fuerte para el edificio. Lo que pasa del tope entra?

Por qué: Lo que supera el tope de Cristales sólo puede seguir por el viento fuerte del edificio. Sin esa cobertura no hay por dónde canalizarlo y, en principio, queda sólo lo que pague Cristales.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza sí tiene contratado el viento fuerte para el edificio: Depende

El excedente puede seguir por ahí si el vidrio integra el edificio, el viento cumple lo que pide la póliza y no aplica una exclusión. Se liquida según la modalidad de tu póliza: si es a prorrata, se paga en proporción y puede ser menos.

Caso 05Depende

Se rompió el vidrio de la marquesina

El viento fuerte rompió el vidrio de la marquesina (o de la galería vidriada abierta) de mi casa o de mi local. Mi póliza tiene la cobertura de Cristales. Entra?

Por qué: Las galerías vidriadas abiertas, las marquesinas, las pérgolas y las estructuras livianas con vidrio quedan afuera del viento fuerte del edificio. En principio llega sólo el sublímite de Cristales y lo que pase de ese tope no sigue por viento.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza no tiene la cobertura de Cristales: No entra

Sin Cristales y con el viento fuerte excluido para estructuras abiertas, en principio no queda por dónde canalizarlo.

Caso 06Depende

El incendio rompió el vidrio del balcón

Un incendio rompió el cerramiento de vidrio de mi balcón. Es una estructura abierta, entra igual?

Por qué: La limitación de las estructuras abiertas es sólo del viento fuerte, no del incendio. Pero que el vidrio del balcón cuente como parte del edificio para Incendio Edificio, que es lo que podría cubrir lo que pase del tope de Cristales, lo vemos con tu póliza.

El dato que cambia el caso

Si el vidrio que se rompió es el de una ventana o una puerta de la casa y no el del balcón: Entra

Una ventana integra el edificio: con Cristales suele entrar hasta su sublímite y lo que sobra puede seguir por Incendio Edificio, si lo tenés contratado.

La explicación

En criollo

Primero se usa Cristales, después lo que sobra

Cuando un vidrio se rompe por viento fuerte o por un incendio, lo primero que se mira es la cobertura de Cristales, si tu póliza la tiene. Es una cobertura específica, con su propio tope (el sublímite) y su propio deducible, o sea la parte que pone la persona asegurada. Los vidrios de ventanas, puertas y paños fijos son parte del edificio, así que lo que pase de ese tope puede seguir por otra cobertura del edificio: el viento fuerte si la causa fue el viento, Incendio Edificio si fue el fuego.

Pensalo como dos cajones. Una ráfaga rompe el ventanal fijo del comedor: el primer cajón es Cristales, con su tope. Si el arreglo es más caro, se abre el segundo, el del edificio, siempre que lo tengas contratado, que el viento sea de los que tu póliza reconoce como fuertes y que no aplique una exclusión.

Por qué el balcón vidriado no corre igual con el viento

La ventana del living y la baranda de vidrio del balcón se rompen en el mismo temporal y siguen caminos distintos. La cobertura de viento fuerte deja afuera las estructuras abiertas: los cerramientos de vidrio de balcones, las galerías vidriadas abiertas, las marquesinas, las pérgolas con vidrio y los cerramientos que no tienen continuidad estructural con el edificio. Para esos vidrios, en principio, la cobertura llega sólo hasta el sublímite de Cristales.

Puede haber una excepción si un análisis técnico y del contrato muestra que el cerramiento está integrado al edificio y tu póliza lo admite, pero no se da por hecha. Por eso, con viento, conviene mirar antes qué dice tu póliza sobre balcones y galerías, y no suponer que ese vidrio se trata como el de una ventana.

Con incendio la cuenta cambia, y que el evento esté cubierto no alcanza

La limitación de las estructuras abiertas es del viento fuerte, no del incendio. Cuando lo que rompe el vidrio es el fuego, lo que pase del tope de Cristales puede seguir por Incendio Edificio, si lo tenés contratado, con su deducible y según la modalidad de tu póliza: a primera pérdida (se paga el daño hasta el límite contratado) o a prorrata (se paga en proporción a lo asegurado y puede ser menos). Si el vidrio es el de un balcón, que cuente como parte del edificio lo vemos con tu póliza.

Y una advertencia para los dos casos: tener viento fuerte o incendio en la póliza no significa que todo vidrio roto entre. Se revisan la causa, si tenés Cristales, si ese vidrio es un bien asegurado y los límites y las exclusiones.

Qué mirar en tu póliza

  • La cobertura de Cristales: que figure en tu póliza, con su sublímite (hasta cuánto paga) y su deducible (la parte que ponés vos). Son los números de tu póliza.
  • El viento fuerte para el edificio, que puede figurar como vendaval, huracán, ciclón y tornado: que esté contratado y qué condición de viento pide. Es lo que puede seguir con lo que pase del tope de Cristales.
  • Incendio Edificio: que esté contratado, con su deducible y su modalidad de liquidación (a primera pérdida o a prorrata).
  • La exclusión de estructuras abiertas dentro del viento fuerte: si tu póliza nombra balcones vidriados, galerías, marquesinas o pérgolas con vidrio.
  • Si no encontrás alguno de estos renglones, mandanos la póliza y lo revisamos juntos.

Si te pasa: qué juntar

  • La denuncia del siniestro, con un relato claro: fecha, hora aproximada, lugar y cómo se rompieron los vidrios.
  • Fotos generales del lugar y de cada vidrio roto, con las medidas.
  • Presupuesto o factura de la reposición de los vidrios.
  • Si fue un incendio: el acta de bomberos y la constancia policial, si intervinieron.
  • Si fue viento: información meteorológica de ese día, sólo si hay dudas sobre si el viento ocurrió (no se pide siempre).
  • Escritura, boleto de compraventa o contrato de alquiler: lo que muestre tu relación con la casa o el local.

La lista completa de papeles, para tildar →

Para el que quiere el detalle

La letra chica, en criollo

Cómo se ordena un vidrio roto

Primero se usa la cobertura específica de Cristales, con su sublímite y el deducible que tenga la póliza, si lo tiene. El monto de uno y otro es el que figure en tu póliza.

Lo que supera el sublímite puede canalizarse por el viento fuerte del edificio (vendaval, huracán, ciclón y tornado) o por Incendio Edificio, según la causa. Hace falta que esa cobertura esté contratada, que el vidrio sea una ventana, una puerta vidriada o un paño fijo integrado al inmueble y que no aplique una exclusión. Se liquida según la modalidad de la póliza: a primera pérdida o a prorrata (en proporción).

Estructuras abiertas: el viento fuerte las deja afuera

Quedan excluidos de la cobertura de viento fuerte los cerramientos de cristal en balcones, las galerías vidriadas abiertas, las marquesinas, pérgolas o estructuras livianas con cristal y los cerramientos sin continuidad estructural con el edificio principal.

En esos casos, en principio no corresponde aplicar el viento fuerte del edificio y el daño llega sólo hasta el sublímite de Cristales. El excedente sólo podría evaluarse si un análisis técnico y del contrato muestra integración suficiente al edificio y la póliza lo admite.

Esa exclusión es sólo del viento fuerte y no limita al incendio. Que el vidrio de un balcón cuente como parte del edificio para Incendio Edificio lo vemos con tu póliza.

Lo que se mira con cada póliza

El monto del sublímite de Cristales y el del deducible: son los de cada póliza. Si la cobertura de Cristales viene en tu plan o se contrata aparte también lo dice tu póliza: lo vemos con la tuya.

Vidrieras, escaparates, espejos, vidrios de muebles y cristales de vehículos: acá no hay una regla general. Tampoco para la rotura por golpe, vandalismo o accidente sin viento ni incendio, ni para la rotura por granizo: lo vemos con tu póliza.

Cuándo un cerramiento de balcón tiene integración suficiente con el edificio para abrir el excedente: no hay un criterio fijo, se analiza caso por caso.

En qué seguros aplica: el criterio habla de los vidrios del edificio en general y lo aplicamos al seguro de hogar, al de comercio y al de consorcio, pero cada póliza dice qué cobertura de cristales tiene. Lo vemos con la tuya.

Fuente

Basado en las condiciones de póliza de Sancor Seguros y en los criterios con que la compañía analiza los siniestros (revisión de junio de 2026). Explicado por Farello. Revisado el 11 de octubre de 2026.

FAQ

Preguntas frecuentes

Si el viento o un incendio me rompe los vidrios, el seguro los cubre?

Depende de tu póliza y del vidrio. Con la cobertura de Cristales, el vidrio de una ventana, una puerta o un paño fijo roto por viento fuerte o por incendio suele entrar hasta el sublímite de esa cobertura y con su deducible. Lo que pase de ese tope puede seguir por el viento fuerte o por Incendio Edificio, sólo si los tenés contratados y no aplica una exclusión. Con viento, el balcón vidriado o la galería abierta, en principio, quedan sólo con el sublímite de Cristales.

El seguro de hogar cubre la rotura de vidrios por tormenta?

Si la tormenta fue de viento fuerte y tu póliza tiene la cobertura de Cristales, el vidrio de una ventana suele entrar hasta su sublímite y con su deducible. Qué viento cuenta como fuerte lo dice cada póliza. Si el vidrio lo rompió el granizo, o se rompió sin viento ni incendio, acá no hay una regla general y lo vemos con tu póliza.

Se rompió el vidrio del balcón con el viento, lo cubre el seguro?

Depende. El cerramiento o la baranda de vidrio del balcón es una estructura abierta: en principio el viento fuerte del edificio no la alcanza y el daño llega sólo hasta el sublímite de Cristales, si tu póliza tiene esa cobertura. Lo que pase de ese tope sólo podría evaluarse si un análisis técnico y del contrato muestra que el vidrio está integrado al edificio y tu póliza lo admite. Lo vemos con tu póliza.

Qué es el sublímite de cristales y qué pasa si el daño lo supera?

Es el tope de la cobertura específica de Cristales: el monto que figure en tu póliza, con su deducible si lo tiene. Si el daño pasa ese tope, lo que sobra puede seguir por el viento fuerte del edificio o por Incendio Edificio, según la causa. Eso sólo si esa cobertura está contratada, el vidrio integra el edificio y no aplica una exclusión; si no, queda lo que pague Cristales.

Un incendio rompió las ventanas, el seguro lo cubre?

Si tu póliza tiene Cristales, el vidrio roto por el incendio suele entrar hasta su sublímite y con su deducible. Lo que pase de ese tope puede seguir por Incendio Edificio, sólo si lo tenés contratado y no aplica una exclusión, con su deducible y según la modalidad de tu póliza: a prorrata se paga en proporción y puede ser menos. Si el vidrio es el de un balcón, lo vemos con tu póliza.

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Lo que define es tu póliza

Lo vemos con tu póliza

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Ojo

Esto es una orientación general para entender cómo se suele analizar un caso. No reemplaza tu póliza ni es una respuesta de la compañía sobre un siniestro: lo que define es lo que dice tu póliza (coberturas, sumas, franquicias y exclusiones) y lo que se verifique del hecho.