Caso #32 · Cuánto y quién cobraSiniestrosSeguro de hogarSeguro de comercioSeguro de consorcio

Si el daño lo causó un tercero, el seguro me paga igual o le tengo que reclamar a él?

Que el culpable sea otro no frena la indemnización: si tu póliza cubre ese daño, se indemniza conforme a lo contratado y después la compañía puede reclamarle al responsable o a su aseguradora. Pero el culpable no agrega cobertura: si el daño no está cubierto, sigue sin estarlo.

La respuesta cortaDepende

El culpable no frena la indemnización ni suma cobertura: manda tu póliza

De qué depende ↓ Actualizado el
La respuesta completa

Se indemniza conforme a la cobertura contratada. Si tu póliza cubre ese daño (por ejemplo incendio sobre lo que se quemó, o daños por agua por rotura de cañerías), que lo haya causado un tercero no lo impide: el reclamo al responsable lo gestiona la compañía en forma paralela y después, y no hace falta esperarlo. Si el daño no está dentro de lo que cubre la póliza, que haya un culpable no lo cambia. Y si el responsable es el propio asegurado, un coasegurado, un asegurado adicional o un beneficiario, no corresponde reclamarle y no está definido de forma general cómo se analiza tu indemnización: lo vemos con tu póliza.

El dato que cambia el casoTocá una opción

Tu póliza cubre ese tipo de daño, sea quien sea el culpable?

  • Sí, lo cubre Entra

    Que lo haya causado un tercero no frena la indemnización: se indemniza conforme a lo contratado y no hace falta esperar a que se resuelva el reclamo al responsable. Después, la compañía puede reclamarle al responsable o a su aseguradora. Igual se revisan las demás condiciones de tu póliza, como sumas, franquicias y exclusiones.

  • No, no lo cubre No entra

    El tercero responsable no agrega cobertura. Si el daño no está dentro de lo que cubre tu póliza, que el culpable sea otro no lo cambia. Qué podés hacer vos por tu cuenta contra el responsable no está definido de forma general: lo hablamos con tu caso.

  • No sé qué cubre Depende

    Es lo más común con daños como un auto que choca el portón o algo que cae de una obra vecina: que se sepa quién fue no dice si tu póliza los alcanza. Lo vemos leyendo tus coberturas.

  • Fue alguien de mi póliza Depende

    Si lo causó el propio asegurado, un coasegurado, un asegurado adicional o un beneficiario, no corresponde que la compañía les reclame después. Cómo se analiza tu indemnización en ese caso no está definido de forma general: lo vemos con tu póliza.

Esto es una orientación general para entender cómo se suele analizar un caso. No reemplaza tu póliza ni es una respuesta de la compañía sobre un siniestro: lo que define es lo que dice tu póliza (coberturas, sumas, franquicias y exclusiones) y lo que se verifique del hecho.

7 casos

Casos que suelen pasar

Cada uno con su veredicto, el porqué y el dato que lo da vuelta.

Caso 01Entra

Cayó un poste y se incendió el campo

Se cayó un poste eléctrico, se prendió fuego en el campo y se quemó parte de lo que tengo asegurado. La culpable es la empresa dueña del poste. Me paga el seguro o le reclamo yo a la empresa?

Por qué: Que la culpable sea la empresa dueña del poste no frena la indemnización: si lo que se quemó tiene cobertura de incendio en tu póliza y no aplica otra exclusión, se indemniza conforme a lo contratado. Después, la compañía puede reclamarle a la empresa.

El dato que cambia el caso

Si la causa del fuego no es el poste sino algo propio del campo: Depende

No hay un tercero al que reclamarle después, y el incendio se analiza como cualquier otro según su causa y las exclusiones de tu póliza. Que no haya un culpable no saca ni agrega cobertura: lo vemos con tu póliza.

Caso 02Entra

El fuego empezó en lo del vecino

El fuego empezó en la casa de al lado y se pasó a la mía. Lo que se quemó tiene cobertura de incendio en mi seguro de hogar. Me paga el seguro o tengo que reclamarle al vecino?

Por qué: Con cobertura de incendio sobre lo que se quemó y sin otra exclusión que aplique, se indemniza conforme a la póliza aunque el fuego haya empezado en el vecino. Después, la compañía puede reclamarle al vecino o a su aseguradora, sin que tengas que esperar ese reclamo.

El dato que cambia el caso

Si el fuego empezó en tu propio riesgo, por ejemplo por una falla de tu instalación, y no en lo del vecino: Depende

No hay un tercero al que reclamarle después, y el incendio se analiza como cualquier otro según su causa: si nació de una falla eléctrica de tu instalación, el daño eléctrico directo queda afuera de la cobertura de incendio y lo que se mira por incendio es el daño mayor que causó el fuego al propagarse. Lo vemos con tu póliza.

Caso 03Entra

Un contratista descuidado incendió el local

Una empresa que contraté para hacer un trabajo en el local fue negligente y se originó un incendio. El seguro paga o tengo que ir contra la empresa?

Por qué: El fuego originado por la negligencia de un tercero, como una empresa contratista, es un ejemplo típico de lo que la compañía puede reclamar después. Con cobertura de incendio sobre lo que se quemó y sin otra exclusión aplicable, se indemniza conforme a la póliza y el reclamo al contratista va por separado y más tarde.

El dato que cambia el caso

Si el contratista figura en tu póliza como asegurado adicional o beneficiario, o la ley o la póliza impiden reclamarle: Depende

Lo único seguro es que la compañía no le reclama a esa persona. Cómo se analiza tu indemnización en ese caso no está definido de forma general: lo vemos con tu póliza.

Caso 04Depende

Un auto chocó el portón y el muro

Un auto de un tercero se llevó puesto el portón y parte del muro de mi casa. Me paga el seguro y después le reclaman al conductor?

Por qué: Si la compañía te indemniza, puede reclamarle después al conductor o a su aseguradora. Pero que te indemnicen depende de que tu póliza tenga una cobertura que alcance el daño por impacto de un vehículo sobre el portón o el muro, y eso no se puede decir sin leerla. Que el culpable sea otro no agrega cobertura.

El dato que cambia el caso

Si tu póliza no tiene ninguna cobertura que alcance el impacto de vehículos sobre el portón o el muro: No entra

La indemnización es conforme a la póliza: si el daño no está cubierto, que haya un conductor responsable no lo cambia. Igual conviene anotar nombre, DNI o CUIT, domicilio, datos del vehículo, aseguradora y número de póliza del conductor, por si hay un reclamo posterior.

Caso 05Entra

La obra de al lado rompió un caño de casa

En la obra de al lado perforaron la medianera y rompieron un caño que va por adentro de mi casa: se me mojaron paredes y pisos. Mi seguro de hogar asegura la casa y tiene la cobertura de daños por agua por rotura de cañerías. Me paga el seguro lo que mojó el agua o le reclamo a la constructora?

Por qué: La cobertura de daños por agua por rotura de cañerías del seguro de hogar se extiende a los daños causados por negligencia o dolo de terceros, siempre que la instalación esté dentro de la vivienda asegurada. Con la casa asegurada, suele entrar el daño que dejó el agua en paredes y pisos; el arreglo de la cañería, el recambio del tramo y romper para llegar al caño no entran. Después, la compañía puede reclamarle a la constructora.

El dato que cambia el caso

Si la cañería que se rompió es de la obra de al lado o del vecino, no de tu casa: Depende

Esa cobertura habla de instalaciones que están dentro de la vivienda asegurada, así que este supuesto no la alcanza. El agua que llega desde otra propiedad no tiene una respuesta general: lo vemos con tu póliza.

Caso 06No entra

Un técnico quemó los equipos sin fuego

Vino un técnico a tocar el tablero, lo hizo mal y se quemaron equipos, pero no hubo fuego ni explosión. Esos equipos sólo tienen cobertura de incendio. El seguro me paga o le reclamo al técnico?

Por qué: El daño eléctrico por una intervención indebida es un ejemplo de lo que la compañía puede reclamar después, pero eso no agrega cobertura. La cobertura de incendio deja afuera el daño eléctrico que se origina dentro de la instalación o del aparato, aunque se manifieste con fuego: lo único que se analiza por incendio es el daño mayor que cause un fuego al propagarse o la onda expansiva de una explosión. Con equipos asegurados sólo por incendio, sin fuego ni explosión, el daño queda afuera.

El dato que cambia el caso

Si tus equipos tienen además una cobertura que alcance el daño eléctrico, como fluctuación de energía, aparatos electrónicos o un seguro técnico: Depende

Ese daño puede estar alcanzado por esas otras coberturas, según el plan de hogar o de comercio que tengas, lo que hayas contratado y qué causó el daño. Lo vemos con tu póliza.

Caso 07Entra

Me dicen que espere al culpable

El daño está dentro de lo que cubre mi póliza, pero me dicen que el seguro no me paga hasta que se arregle con el responsable. Es así?

Por qué: No es así. Que haya un tercero responsable no impide la indemnización: se indemniza conforme a la póliza y el reclamo al responsable se gestiona en forma paralela y posterior, así que no hace falta esperar a que ese reclamo se resuelva. La condición es que el daño esté cubierto por tu póliza.

El dato que cambia el caso

Si el daño no está dentro de lo que cubre tu póliza: No entra

El tercero responsable no agrega cobertura: si el daño no está cubierto, que el culpable sea otro no lo cambia.

La explicación

En criollo

Que el culpable sea otro no frena la indemnización

Cuando un daño lo causa otra persona o empresa, mucha gente piensa que primero tiene que arreglarse con ella y que el seguro entra recién después. En el seguro funciona por carriles separados. La compañía mira tu póliza y, si el daño está cubierto, indemniza conforme a lo contratado. Lo que pase con el responsable va por otro lado.

Ese otro carril se llama recupero o repetición: una vez que la compañía indemnizó, puede reclamarle al responsable o a su aseguradora lo que pagó. Se apoya en la subrogación, que es el derecho de la compañía a reclamar en tu lugar. No tenés que esperar a que ese reclamo se resuelva para que se analice el tuyo.

Pero el culpable no agrega cobertura

Acá está el error más común. Que un tercero sea responsable no hace que el seguro cubra algo que la póliza no cubre. Imaginate que un técnico toca mal el tablero y se queman unos equipos: aunque sea clarísimo que fue su error, si esos equipos sólo tienen cobertura de incendio, el daño eléctrico directo queda afuera de esa cobertura. Que haya un culpable cambia a quién se le reclama después, no lo que cubre tu póliza.

Por eso los ejemplos típicos de recupero, como un auto que choca un portón, algo que cae de una obra vecina o una cañería rota por un operario, no son una lista de daños cubiertos. Son situaciones en las que la compañía, si indemnizó, suele poder reclamarle al responsable. Que a vos te indemnicen depende de si tu póliza tiene una cobertura que alcance ese daño.

Qué ayuda a que el reclamo al responsable prospere

El reclamo posterior no es un resultado seguro: necesita una base jurídica, prueba y poder identificar al responsable. Cuanto más completa sea la información desde el primer día, más chances tiene. Por eso conviene anotar quién fue (nombre o razón social, DNI o CUIT, domicilio y contacto), los datos del vehículo si hubo uno, su aseguradora y el número de póliza, y juntar fotos, denuncias o actas, testigos e informes técnicos. Lo dañado que pueda servir de prueba no lo tires ni lo destruyas sin autorización.

Hay personas a las que la compañía no les reclama: el propio asegurado, un coasegurado, un asegurado adicional, un beneficiario o quien la ley o la póliza protegen.

Cómo lo miramos nosotros

Empezamos por una pregunta: ese daño, sin importar quién lo causó, está dentro de alguna cobertura de tu póliza? Si lo está, te ayudamos a armar la denuncia y a juntar los datos del responsable para que el reclamo posterior no se pierda. Si no estamos seguros, lo leemos con vos antes de decirte nada.

Qué mirar en tu póliza

  • Qué coberturas tiene tu póliza para lo que se dañó: incendio, daños por agua por rotura de cañerías, aparatos electrónicos, fluctuación de energía, cristales. Que el culpable sea un tercero no cambia lo que alcanza cada una, con sus sumas, franquicias y exclusiones.
  • Si hay una cobertura que alcance el daño por impacto de un vehículo sobre el portón, el muro o el edificio, o por la caída de objetos desde una obra vecina. No lo des por hecho: buscá el renglón o consultanos.
  • Quiénes figuran en la póliza: asegurado, coasegurado, asegurado adicional, beneficiario. Contra ellos la compañía no reclama después.
  • En el seguro de hogar, si el daño fue por agua, que la cañería rota esté dentro de tu vivienda: la cobertura de daños por agua mira lo que mojó el agua, no el arreglo del caño ni romper para llegar a él.
  • En equipos quemados por una falla eléctrica, si además de incendio tenés fluctuación de energía, aparatos electrónicos o un seguro técnico: la cobertura de incendio deja afuera el daño eléctrico que nace en la instalación o en el aparato.

Si te pasa: qué juntar

  • La denuncia del siniestro, con un relato claro: fecha, hora aproximada, lugar, causa aparente, qué se dañó y quiénes intervinieron.
  • Los datos de quien causó el daño: nombre completo o razón social, DNI o CUIT, domicilio y un dato de contacto.
  • Si hubo un vehículo: sus datos, la aseguradora del conductor y el número de póliza.
  • Fotos generales y de detalle del daño y, si se puede identificar, de lo que lo originó.
  • Denuncia policial o actas si intervino alguien, y datos de testigos o informes técnicos.
  • Presupuestos de reposición o de reparación, y lo dañado que pueda servir de prueba: conservalo y no lo destruyas sin autorización.

La lista completa de papeles, para tildar →

Para el que quiere el detalle

La letra chica, en criollo

Recupero y subrogación, en palabras simples

El recupero o repetición es el reclamo que la compañía le hace al tercero responsable del daño, o a su aseguradora, después de haberte indemnizado. Va en paralelo y después de tu indemnización, no en lugar de ella.

La subrogación es el principio en que se apoya: una vez abonada la indemnización, la compañía puede reclamarle al responsable, en los términos legales vigentes. Se aplica cuando la causa del daño se le puede atribuir a un tercero ajeno a vos y no a un riesgo propio de lo que asegura la póliza.

A quién no se le reclama

No corresponde que la compañía reclame contra el propio asegurado, un coasegurado, un asegurado adicional, un beneficiario ni contra personas respecto de las cuales la ley, la póliza o el vínculo jurídico impidan o limiten la subrogación. Eso se refiere al reclamo de la compañía: no dice cómo se analiza tu indemnización cuando el causante es una de esas personas, y por eso no lo damos por resuelto.

Para reclamarle a alguien hace falta base jurídica, prueba y poder identificarlo, y que no haya impedimentos: el recupero no es un resultado seguro.

Los ejemplos de recupero no son ejemplos de cobertura

Entre los casos típicos en los que la compañía puede reclamar después figuran el incendio que empieza en un inmueble lindero o por negligencia de un contratista, un vecino o un proveedor; el vehículo de un tercero que impacta contra un edificio, un portón, un muro o instalaciones externas; la rotura de cañerías por trabajos de terceros; los daños eléctricos por una intervención indebida; la caída de objetos desde obras vecinas; y los daños causados por empresas de servicios, contratistas, proveedores u operarios externos. La lista es enunciativa.

Son ejemplos de cuándo se le puede reclamar al responsable, no de qué cubre cada póliza. Qué cobertura del seguro de hogar o de comercio alcanza el impacto de un vehículo o la caída de objetos desde una obra vecina no es general: se define con tu póliza. Y si lo dañado fue mercadería durante un traslado, lo define la póliza del seguro de transporte, que se rige por sus propias condiciones y no desarrollamos en esta página.

Lo que no está definido de forma general

No hay una respuesta general sobre si recuperás la franquicia que hayas pagado cuando el reclamo al responsable prospera, ni sobre plazos para ese reclamo, ni sobre si te informan cómo avanza.

Tampoco la hay sobre si podés arreglar o cobrar directamente del responsable antes o durante el trámite y qué efecto tiene eso, sobre qué pasa si el responsable no tiene seguro o no puede pagar, ni sobre cómo se refleja en la renovación o en la prima. En todos esos casos valen los términos de tu póliza, y antes de firmar un acuerdo con el responsable conviene consultarnos.

Fuente

Basado en las condiciones de póliza de Sancor Seguros y en los criterios con que la compañía analiza los siniestros (revisión de junio de 2026). Explicado por Farello. Revisado el 11 de octubre de 2026.

FAQ

Preguntas frecuentes

Si el daño lo causó un tercero, el seguro me paga igual o le tengo que reclamar a él?

Que el culpable sea otro no frena la indemnización: si tu póliza cubre ese daño, se indemniza conforme a lo contratado y después la compañía puede reclamarle al responsable o a su aseguradora. Pero el culpable no agrega cobertura: si el daño no está dentro de lo que cubre tu póliza, sigue sin estarlo. Lo vemos con tu póliza.

Qué es el recupero o la subrogación en un seguro?

Es el reclamo que la compañía le hace al responsable del daño, o a su aseguradora, después de haberte indemnizado. La subrogación es el principio en que se apoya: una vez abonada la indemnización, la compañía puede reclamarle al responsable en los términos legales vigentes. Va en paralelo y después de tu indemnización, no en lugar de ella, y no es un resultado seguro: necesita prueba y poder identificar al responsable.

Se me incendió el galpón por el fuego del vecino, el seguro me paga o le reclamo al vecino?

Si tu póliza tiene cobertura de incendio sobre lo que se quemó y no aplica otra exclusión, se indemniza conforme a lo contratado aunque el fuego haya empezado en lo del vecino. Después la compañía puede reclamarle al vecino o a su aseguradora. Si el fuego empezó en tu propio riesgo, no hay a quién reclamarle y se analiza como un incendio común según tu póliza. Lo confirmamos leyéndola.

Un auto chocó el portón de mi casa, lo cubre el seguro o le cobro al conductor?

Son dos cosas separadas. Que a vos te indemnicen depende de que tu póliza tenga una cobertura que alcance el daño por impacto de un vehículo sobre el portón o el muro, y eso lo vemos leyéndola: no lo damos por hecho. Al conductor o a su aseguradora puede reclamarle la compañía si te indemnizó. Conviene anotar su nombre, DNI o CUIT, domicilio, los datos del vehículo, la aseguradora y el número de póliza.

Qué datos tengo que anotar de quien me causó el daño?

Nombre completo o razón social, DNI o CUIT, domicilio y contacto; si hubo un vehículo, sus datos, la aseguradora y el número de póliza. Sumá fotos del hecho, denuncias o actas si las hay, testigos e informes técnicos, y guardá presupuestos y lo dañado que pueda servir de prueba, sin destruirlo sin autorización. Cuanto más completa sea la información desde el primer día, más chances tiene el reclamo posterior.

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Si el daño lo causó un tercero, el seguro me paga igual o le tengo que reclamar a él? Depende: el culpable no frena la indemnización ni suma cobertura: manda tu póliza Se indemniza conforme a la cobertura contratada. Si tu póliza cubre ese daño (por ejemplo incendio sobre lo que se quemó, o daños por agua por rotura de cañerías), que lo haya causado un tercero no lo impide: el reclamo al responsable lo gestiona la compañía en forma paralela y después, y no hace falta esperarlo. Si el daño no está dentro de lo que cubre la póliza, que haya un culpable no lo cambia. Y si el responsable es el propio asegurado, un coasegurado, un asegurado adicional o un beneficiario, no corresponde reclamarle y no está definido de forma general cómo se analiza tu indemnización: lo vemos con tu póliza. Lo que define es cada póliza. Fuente: Farello Asesores de Seguros, «Cubre o no» (https://farello.com.ar/cubre-o-no/dano-causado-por-un-tercero/), revisado el 11 de octubre de 2026.

Citarlo con el enlace, resumirlo o usarlo para contestar una pregunta: sí, y te lo agradecemos. Copiar la página o armar otra biblioteca con estos casos: no (ver abajo).

Lo que define es tu póliza

Lo vemos con tu póliza

Si te pasó algo parecido o querés saber cómo está armado tu seguro, mandanos la póliza o contanos el caso. Lo leemos con vos y te decimos qué dice.

Ojo

Esto es una orientación general para entender cómo se suele analizar un caso. No reemplaza tu póliza ni es una respuesta de la compañía sobre un siniestro: lo que define es lo que dice tu póliza (coberturas, sumas, franquicias y exclusiones) y lo que se verifique del hecho.