La factura es una prueba, no la única
Mucha gente cree que sin factura o sin título no hay reclamo. No es así. Lo que el seguro necesita ver es que tenés un interés económico real en el bien: que si se daña, perdés plata. La factura es una forma de mostrarlo, pero hay otras: fotos de antes con el bien en uso, el número de serie, un recibo, un contrato de alquiler, los gastos de reparación, un inventario, tu declaración de cuándo y cómo lo conseguiste.
Pensá en una freidora industrial que le compraste usada a un conocido, con un recibo escrito a mano. No hay factura, pero hay fotos tuyas cocinando con ella, el número de serie en la chapa y los repuestos que fuiste comprando. Cada cosa sola es poco; juntas cuentan una historia coherente: la máquina existía, estaba en tu local y la usabas para trabajar.
Una prueba sola puede no alcanzar
Las pruebas se valoran en conjunto. Una foto suelta o tu palabra sola pesan poco; varias que cuentan lo mismo pesan mucho más. Además, se verifica que el vínculo con el bien existiera antes del daño o al momento en que ocurre. Conviene juntar desde ahora lo que tengas, antes de que haga falta.
Y si la compañía te pide papeles, no es una señal de rechazo: la ley le permite pedirte la información que necesita para verificar el siniestro y cuánto corresponde, siempre que sea razonable que la aportes.
Tener interés no es estar cubierto
Es la confusión más cara. Poder mostrar que el bien era tuyo, o que lo tenías a tu cargo, resuelve la pregunta de los papeles y nada más. Después viene la otra pregunta: si tu póliza cubre ese bien contra ese daño. Podés tener interés en un bien que no está asegurado, o que lo está con un tope o con condiciones propias.
Y para cobrar por el contrato hay que ser el asegurado, o alguien con derecho a cobrar según la póliza, como un beneficiario: ser el dueño no alcanza por sí solo. Cuando además del asegurado hay otras personas con interés (quien te cedió el bien, un acreedor, un asegurado adicional), la compañía suele pedir que todos estén de acuerdo en quién cobra antes de pagar.
No ser el dueño tampoco te deja afuera
Interés no es lo mismo que propiedad. Puede tenerlo quien usa el bien, lo guarda, lo alquila, lo tiene en comodato o leasing, lo pagó con su plata (como las mejoras de un inquilino) o responde por él. Lo que no alcanza es el cariño o la curiosidad: hace falta un perjuicio económico propio que se pueda mostrar. En estos casos el reclamo no se descarta de entrada, pero lo que se cubre lo vemos con tu póliza.