Lo que decide es dónde estaba el auto
Imaginá una cochera con diez autos y un caño del techo que se rompe: moja a todos. El mismo día, un pedazo de revoque se desprende de la fachada y cae sobre un auto estacionado en la calle. En los dos casos lo que dañó al auto es algo de tu edificio, pero la responsabilidad civil común los trata distinto.
Esa exclusión no mira qué lo rompió sino dónde estaba el auto. Si estaba guardado, estacionado, entrando, maniobrando, permaneciendo o saliendo del local, del edificio o del predio asegurado, el daño queda afuera, sea cual sea la causa. Por eso en la cochera da lo mismo si fue un caño, un golpe, un bache o un descuido: la causa no abre la cobertura.
El robo queda afuera esté donde esté
Hay una segunda puerta cerrada que no depende del lugar. El robo o hurto de un auto, de sus partes, de sus accesorios o de lo que hay adentro (la radio, una mochila, las herramientas) queda afuera de la responsabilidad civil común, tanto en la cochera del edificio como en la calle del local. La póliza lo excluye de forma expresa.
Sólo una cobertura específica de robo de vehículos en guarda podría cambiarlo. No viene por defecto, y lo que cubre y qué medidas de seguridad pide lo fija su cláusula, no una regla general.
Guardar sin cobrar también es guardar
Mucha gente piensa que si no cobra por cuidar el auto, no hay guarda. No es así: hay guarda cuando asumís la custodia, el control o el estacionamiento del auto, aunque no cobres. Son señales entregar las llaves, tener un lugar asignado, controlar quién entra y sale, o tener a alguien que ubica o maniobra los autos.
Con guarda, y sin una cobertura de guarda contratada, el daño queda afuera sea cual sea la causa. La otra puerta, muy limitada, es la ampliación de RC Comprensiva: en consorcios, la cláusula 504 permite analizar un auto de un tercero guardado sin cobrar, y sólo si lo dañó un incendio, un rayo o una explosión. Tener esa cláusula no quiere decir que los autos que guardás estén cubiertos.
Cuando el auto está en la calle
Un auto estacionado en la vereda o en la calle, afuera del predio y sin que vos lo tengas a tu cargo, no queda afuera de entrada por la exclusión de vehículos. Se analiza si hay responsabilidad tuya, si el daño viene de tu edificio o de tu actividad, si está documentado y si no juega otra exclusión. Eso no quiere decir que entre.
Cómo se lee en cada póliza depende de su texto: la exclusión se reformuló a partir del 10 de junio de 2026, y si tu póliza es anterior, la miramos juntos. Con un cuidacoches o un estacionamiento medido frente al local tampoco hay una regla general.