Responsabilidad Civil Profesional · Sancor Seguros

Seguro de praxis para psicopedagogos en todo el país

Tu trabajo se convierte en un informe, y el informe sale de tu consultorio. La Responsabilidad Civil Profesional protege tu patrimonio para que puedas seguir diagnosticando con criterio propio.

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¿Por qué un psicopedagogo necesita cubrirse?

Porque tu trabajo termina en un papel que circula. El informe psicopedagógico no se queda en tu consultorio: va a la escuela, a la obra social, a un equipo de orientación, a veces a un juzgado. Lo leen docentes, directivos, otros profesionales y, casi siempre, la familia. Cuantas más manos toca un diagnóstico tuyo, más superficie hay para que alguien lo discuta.

El segundo frente es la familia del paciente, y en psicopedagogía es el frente principal: casi todos tus pacientes son menores, así que quien reclama nunca es quien se atiende. Un diagnóstico que la familia no acepta, una derivación que se siente como una etiqueta, una recomendación de adecuación curricular que a alguien le parece que perjudicó la trayectoria escolar del chico. Y en situaciones de divorcio o custodia, un informe tuyo puede terminar usado por una de las partes.

El seguro de mala praxis responde por las indemnizaciones que tengas que pagarle a un paciente o a un tercero por un daño derivado de tu práctica, hasta la suma asegurada. Ahora bien: en psicopedagogía hay una particularidad que ninguna otra profesión de esta lista tiene, y conviene entenderla antes de firmar.

Qué cubre tu póliza de praxis, en concreto

Elegís una suma asegurada de $5.000.000 a $50.000.000 —es el tope de toda la vigencia—. La cuota mensual es un valor de referencia accesible con impuestos incluidos, el deducible es del 5% de la suma, por acontecimiento y se factura anual en 12 cuotas.

La base es por ocurrencia: cubre los hechos ocurridos durante la vigencia aunque el reclamo llegue tiempo después — más protectora que las pólizas «claims made». Importa especialmente en psicopedagogía, donde el paciente es un menor: el reclamo puede aparecer años más tarde, y lo que manda es cuándo ocurrió el hecho, no cuándo llega la demanda.

Tu ley y tu póliza

No hay ley nacional: te habilita tu provincia, y eso define tu póliza

Empecemos por el dato que casi nunca se dice: la psicopedagogía no tiene una ley nacional de ejercicio profesional. A diferencia de la psicología (Ley 23.277), la enfermería (24.004) o la kinesiología (24.317), acá el control del ejercicio y el gobierno de la matrícula los ejercen las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, cada una con su norma. En el Congreso hay proyectos presentados —en 2023 y en 2024, entre otros—, pero ninguno sancionado.

Varias provincias sí la regularon y tienen colegio propio: Córdoba (Ley 7619), La Pampa (Ley 2144, cuyo art. 2° hace de la matriculación una condición indispensable para ejercer), Corrientes (Ley 5008), San Juan y Entre Ríos. En las que no, lo que define qué podés hacer son las incumbencias de tu título, fijadas a nivel nacional por la Resolución N° 2473/84 del entonces Ministerio de Educación y Justicia para los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y Profesor en Psicopedagogía.

¿Por qué te importa esto a la hora de asegurarte? Porque la póliza ampara la especialidad indicada en tus condiciones particulares y deja afuera dos cosas: los actos para los cuales no estés habilitado profesionalmente y los prohibidos por la ley o por la reglamentación administrativa. En una profesión con ley nacional, ese perímetro se lee en un solo texto. En la tuya, no: lo define tu provincia o, si no la reguló, tu título. Por eso, cuando emitimos, cargamos con cuidado tu matrícula —o tu título habilitante si tu provincia no matricula— y la actividad exacta. No es burocracia: es dibujar bien el borde de lo que está cubierto.

El segundo cruce es el secreto profesional. Las leyes provinciales te lo exigen expresamente —la de La Pampa, por ejemplo, te obliga a guardar secreto sobre los hechos y situaciones que conozcas en el ejercicio (art. 23, inc. a)— y la póliza de Sancor excluye los daños y perjuicios derivados de su incumplimiento. Traducido a tu práctica: la póliza cubre el daño derivado de tu trabajo —un diagnóstico, un abordaje, un informe mal fundado—, no la filtración de información. Y en psicopedagogía esa línea se cruza más seguido que en otras profesiones, justamente porque tu informe está hecho para ser entregado a terceros. Antes de mandar un informe a un lugar nuevo, pensá dos veces quién te lo pidió y con qué consentimiento.

El tercero es el que más fácil se pisa sin darse cuenta: la póliza excluye los daños que emerjan de la propaganda o la sugerencia que garanticen o induzcan a garantizar el resultado de una intervención o tratamiento. El «en tres meses tu hijo lee de corrido» de una placa de Instagram es exactamente lo que esa cláusula describe — y una placa queda publicada, fechada y es prueba.

Por último, si atendés en un colegio o en un centro: la póliza de la institución no responde por tu acto profesional, y la tuya no responde por el de ellos. Está escrito como exclusión y es literal. Cada una responde por lo suyo, así que tener la propia no es redundante.

Las exclusiones citadas son del texto de las Condiciones Generales de Sancor Seguros, transcriptas y explicadas en la póliza de mala praxis, en criollo. Las normas provinciales y la resolución de incumbencias están en sus textos oficiales. Ante cualquier duda puntual, escribinos antes de emitir y lo miramos juntos.

Simulá tu cobertura, atiendas donde atiendas

Simulá tu cuota acá arriba en 30 segundos, sin dejar datos. Cuando te cierre, la emitimos juntos con el Cuestionario para Profesionales de la Medicina Individual (Especialidades Varias).

Somos Farello, asesores matriculados ante la Superintendencia de Seguros de la Nación (Matrícula SSN N° 71141). Nuestra oficina está en Mendoza y trabajamos con profesionales de todo el país: el trámite es 100% digital, así que no importa en qué provincia atiendas. Si tu colegio profesional, la obra social con la que trabajás o el colegio donde atendés te exige la RC Profesional, te la dejamos lista y te acompañamos siempre.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos consultan los psicopedagogos

¿Cuánto cuesta el seguro de mala praxis para psicopedagogos?

Depende de la suma asegurada (de $5.000.000 a $50.000.000). Arranca en un valor de referencia de alrededor de $3.450 por mes, con impuestos incluidos, cotejado contra la planilla oficial de Sancor el 28/07/2026 y sujeto a actualización. Simulá tu número arriba y te confirmamos el valor vigente al cotizar.

¿Necesito matrícula para contratarlo?

Depende de tu provincia, y por eso lo preguntamos así. No existe una ley nacional de ejercicio profesional de la psicopedagogía: el control del ejercicio y el gobierno de la matrícula los ejercen las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Varias tienen colegio y matrícula —Córdoba (Ley 7619), La Pampa (Ley 2144, donde la matriculación es condición indispensable para ejercer, art. 2°), Corrientes (Ley 5008), San Juan y Entre Ríos—. Si tu provincia no matricula la psicopedagogía, la solicitud se completa igual: en lugar de la matrícula va tu título habilitante, y con una foto alcanza. Nunca frena el trámite.

¿La póliza me cubre el informe psicopedagógico que mando a la escuela?

Depende de por qué te reclamen, y la diferencia es grande. Si es por un daño derivado de tu práctica —el contenido del informe, un diagnóstico que se cuestiona, una indicación que se discute— entra en la cobertura. Si el reclamo es por haber revelado información, la póliza excluye los daños derivados del incumplimiento del secreto profesional. En tu profesión esa línea se cruza más seguido que en otras, porque el informe está hecho para entregarse a terceros: está acá y conviene leerla antes de contratar.

Atiendo en más de una provincia. ¿Sirve igual?

Sí. La cobertura vale en todo el territorio argentino según tu habilitación profesional, y también cubre la atención por videollamada. Lo que cambia de una provincia a otra no es la póliza: es qué te habilita a vos. Como no hay ley nacional, tu perímetro lo define la norma de la provincia donde ejercés o, si no la reguló, las incumbencias de tu título. Contanos dónde atendés y lo dejamos declarado bien de entrada.

Trabajo en un colegio o en un centro. ¿No me cubre la institución?

No tu acto profesional. La póliza excluye los daños derivados de actos de clínicas, sanatorios, hospitales o cualquier otro centro asistencial —incluido su personal— aunque desempeñes tareas ahí de forma habitual. Y al revés: la póliza de la institución no responde por lo tuyo. Cada una responde por lo suyo, así que tener la tuya no es redundante.

¿Qué registros me exige la póliza y por cuánto tiempo?

Diez años. La póliza excluye los reclamos en los que no hayas llevado y conservado por diez años los registros de tu actividad, incluida la historia clínica del reclamante: cada atención registrada con hora, fecha y firma, y una descripción concisa, veraz y ordenada de tu accionar, con los mismos recaudos para cualquier informe. En psicopedagogía eso alcanza a la ficha de cada paciente, a la fecha de cada sesión y a los informes que emitís. Es la obligación menos conocida de la póliza y la más cara de ignorar: su incumplimiento excluye el reclamo.

¿Qué necesito para contratarla?

El Cuestionario para Profesionales de la Medicina Individual (Especialidades Varias) firmado y fechado, tus datos y tu matrícula —o tu título, si tu provincia no matricula la psicopedagogía—. Te lo pasamos y hacemos el trámite con vos, de forma 100% digital.

¿Puedo contratarlo si no estoy en Mendoza?

Sí. La matrícula de Productor Asesor de Seguros es nacional (SSN N° 71141) y la cobertura vale en todo el territorio argentino según tu habilitación profesional. El trámite es 100% digital: simulás acá, completás y firmás el cuestionario en pantalla y la póliza se emite igual, estés en Buenos Aires, Córdoba o cualquier otra provincia. Nuestra oficina está en Mendoza y te acompañamos por WhatsApp, mail o videollamada.

¿La suma asegurada alcanza para más de un reclamo?

La suma que contratás es el tope de toda la vigencia: lo máximo que paga la póliza por todos los acontecimientos del año en conjunto, y de ese mismo monto salen los intereses, los honorarios y las costas. Se admiten hasta 3 reclamos por todos los acontecimientos cubiertos, salvo pacto en contrario. Si contratás $20.000.000, ése es el techo del año entero, no el de cada reclamo. Está en el Artículo 3.1 de las condiciones completas, y hay más preguntas en la página general de praxis.

Respuestas directas: ¿qué no cubre? · ¿alcanza para más de un reclamo? · ¿por ocurrencia o claims made? · ¿quién me defiende si me demandan? · ¿qué tengo que guardar 10 años? · ¿qué pasa si no pago una cuota?

¿Buscás la cobertura para otra especialidad de la salud? Mirá todas las actividades habilitadas para el seguro de praxis. Y si trabajás por tu cuenta, sumá el seguro para trabajar (AP).

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