Si vendés o guiás salidas de trekking, cabalgatas, rafting, mountain bike o cualquier otra actividad de turismo aventura en Mendoza, tenés que estar inscripto en el Registro Provincial de Prestadores Turísticos del Ente Mendoza Turismo (EMETUR). El trámite hoy es gratuito y 100% digital, pero la página oficial es una puerta con tres PDF y un botón: no dice qué papeles te piden ni en qué orden. Eso es lo que ordenamos acá, con cada dato atado a su fuente oficial.
Quién tiene que inscribirse
La Resolución 492/96 del EMETUR, que sigue vigente, alcanza a dos figuras:
- El operador (artículo 2): el que arma y vende el programa, típicamente la agencia de viajes.
- El prestador (artículo 3): el que pone la actividad y el guía. El artículo aclara que no incluye el transporte, el alojamiento ni la alimentación, que van por registros aparte.
Las actividades alcanzadas son trece, de la A) a la M), desde que la Resolución 293/2019 sumó el canopy o tirolesa: trekking, ascensiones o montañismo, rafting, canotaje, overlanding en 4x4, cabalgatas, mountain bike, safari fotográfico, espeleísmo, esquí de travesía, buceo, actividades aeronáuticas (parapente, ala delta, globo) y canopy o tirolesa. El formulario de inscripción, de todos modos, te deja marcar más de cuarenta actividades, con un «Otro» al final.
Y por qué importa inscribirse, en una frase del Decreto 1220/23 (artículo 8), que reglamenta la Ley provincial 8845: los prestadores no inscriptos «no estarán habilitados para publicitar, ofrecer, promocionar, difundir y/o prestar servicios turísticos en la Provincia de Mendoza». No dice sólo trabajar: dice publicitar.
Qué papeles te piden en 2026
El EMETUR publicó en mayo de 2026 su listado «Requisitos para Ventanilla Única». Para turismo aventura pide ocho cosas. Las copiamos textual, en el orden del documento:
- Habilitación municipal de la actividad.
- Contrato social inscripto en el registro público correspondiente (si no sos el titular, acta de designación de autoridades o poder del que presenta).
- Nómina del personal profesional, idóneo o guías que tengas, inscriptos en el Registro del EMETUR.
- Croquis y detalle de los servicios donde operás, indicando actividad y duración.
- Plan de contingencias.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil respecto de terceros, por la actividad.
- Convenio o contrato de cobertura médica sellado. Si en la zona no hay ese servicio, hay que explicar en el plan de contingencias cómo van a actuar.
- Constancia de inscripción en la Dirección de Recursos Naturales, sólo si hacés actividades en agua.
El mismo documento cierra con una línea que conviene tener en cuenta: «La autoridad de aplicación puede solicitar información y/o documentación complementaria según la actividad prestada». O sea, la lista es el piso, no el techo.
Un dato para el que ya hizo el trámite antes: el formulario anterior, de 2022, pedía dieciséis papeles, entre ellos una tasa retributiva, el título o contrato de la sede, un libro de actas, constancias de CUIT e Ingresos Brutos y fotos de los equipos. Nada de eso figura en el listado 2026, y la tasa desapareció con la gratuidad del trámite. Si te lo piden igual, es la «documentación complementaria» de la línea de arriba.
Cuánto cuesta y dónde se hace
La inscripción no cuesta nada. La página oficial del trámite en Atención Ciudadana lo dice con dos palabras: «Sin costo». Se hace exclusivamente por internet, en la plataforma Mendoza por Mí, con tu usuario: ahí completás el formulario y adjuntás la documentación. Ya no se manda por mail ni se lleva en carpeta.
- Página oficial del trámite (Atención Ciudadana, Gobierno de Mendoza): desde ahí entrás a Mendoza por Mí.
- Mendoza por Mí: la plataforma donde se carga.
- Atención Ciudadana del EMETUR: el resto de los trámites del Ente y el listado de requisitos por actividad.
Si preferís preguntar en persona, el EMETUR atiende en Peltier 793, Ciudad de Mendoza, de lunes a viernes de 8:30 a 13, teléfono (0261) 413-2147, según sus páginas de Atención Ciudadana al 18/09/2026.
El seguro: qué tiene que decir tu póliza
Es el papel número seis de la lista, y el que más consultas nos trae. Tres cosas que tiene que cumplir:
- Ser de responsabilidad civil respecto de terceros, por la actividad. Así lo pide el listado, textual. Una RC de comercio o de hogar no es esto, y un seguro de Accidentes Personales tampoco: el AP cubre a la persona que se lastima, la RC responde por lo que vos le debés a un tercero.
- Llegar al mínimo del artículo 6 de la Resolución 492/96: u$s 50.000 por operador y por prestador. El mínimo está en dólares y las pólizas se venden en pesos. Al dólar oficial de septiembre de 2026, u$s 50.000 son unos $75 millones, así que una póliza de $50 millones no llega. Nuestro simulador hace esa cuenta con el dólar del día y te avisa.
- Nombrar lo que hacés. La póliza declara actividades. Si en el formulario marcás cabalgatas y rafting, que la póliza diga cabalgatas y rafting. Y ojo: no todos los productos del mercado nombran todas las actividades de la lista del EMETUR.
Y un cuarto punto que no es del papel sino de la protección: ese mínimo se fijó en 1996. Alcanza para la carpeta del Ente. Lo que te puede pasar en 2026 con un pasajero lastimado se mide en otra escala, y por eso conviene elegir la suma mirando cuánta gente llevás, no mirando el mínimo.
Plan de contingencias, cobertura médica y guías inscriptos
Los otros tres papeles que suelen trabar el trámite:
- Plan de contingencias. Un documento escrito que diga cómo actuás ante una emergencia: comunicación, evacuación, a quién llamás, dónde está el centro de salud más cercano. El listado 2026 pide «plan de contingencias» sin más; si en tu zona no hay cobertura médica, ahí mismo tenés que explicar cómo lo resolvés. Es también una de las cuatro cargas que te pide la póliza de responsabilidad civil, así que un solo documento sirve para los dos.
- Convenio o contrato de cobertura médica, sellado. Un acuerdo con un servicio de emergencias o de área protegida para la zona donde operás.
- Guías inscriptos. La nómina que presentás tiene que ser de guías inscriptos en el Registro del EMETUR. Ese es otro trámite, personal de cada guía, regido por las leyes provinciales 5497 y 7871: piden certificado de antecedentes penales, certificado de residencia, título habilitante y foto, y es el único trámite del Ente que conserva una tasa retributiva. Acá está la página oficial.
Si operás en agua
Canotaje, kayak, rafting, SUP, pesca embarcada, buceo: además de todo lo anterior, la constancia de inscripción en la Dirección de Recursos Naturales. Es el único requisito que cambia según la actividad, y es fácil de olvidar porque no depende del EMETUR.
Después de inscribirte
- La póliza se presenta todos los años, con la constancia de pago (Resolución 492/96, artículo 5 inciso I). Tu inscripción tiene, en la práctica, una fecha de vencimiento atada a la de tu póliza. Con una póliza anual es una sola presentación por año; con una trimestral, son cuatro.
- Tu camioneta de apoyo tiene su propio trámite, el de Transporte turístico: el listado 2026 pregunta si el vehículo es de apoyo a turismo aventura y pide título y cédula del automotor, la póliza del seguro del auto con su certificado de cobertura y, si el vehículo no es tuyo, el contrato sellado con el titular. El seguro del vehículo es el del auto, no la responsabilidad civil de esta guía.
- Las actividades que agregás hay que declararlas: en el formulario y en la póliza. Lo que la póliza no nombra, no queda escrito.
Qué cambió en 2026 y qué no
La Resolución 80/2026 del EMETUR (3 de marzo de 2026) hizo dos cosas: incorporó al Ente al ecosistema digital X-Road de la provincia y simplificó la inscripción de enoturismo, experiencias turísticas y turismo rural, que ahora presentan sólo un formulario con carácter de declaración jurada y la habilitación municipal. No modificó la Resolución 492/96, que es la que rige el turismo aventura, ni creó ninguna obligación de seguro nueva. Lo que sí es nuevo para aventura es la forma: el trámite es gratuito, digital y con menos papeles que en 2022. La póliza la seguís necesitando igual que desde 1996.
Fuentes oficiales
- Inscripción de Servicio de Turismo Aventura, Atención Ciudadana, Gobierno de Mendoza.
- Requisitos para Ventanilla Única 2026, EMETUR (documento Word, mayo de 2026).
- Resolución 492/96, EMETUR (PDF oficial).
- Resolución 398/2024, Boletín Oficial de Mendoza (agencias de viajes: pide RC en su artículo 2 inciso h).
- Atención Ciudadana del EMETUR: normativa y trámites del Ente, incluida la Resolución 80/2026 y el Decreto 1220/23.
Esta guía la escribimos desde el lado del seguro, que es lo nuestro. No somos el EMETUR ni gestionamos el trámite: te ordenamos lo que el Ente publica para que llegues con la carpeta armada. Si algo de la lista oficial cambia, avisanos y lo corregimos.