Turismo aventura · Responsabilidad civil · Sancor Seguros

Tu excursión sale bien 300 veces. El seguro es para la 301.

RC de turismo cordillerano de Sancor Seguros. Cubre lo que le pasa a un tercero durante tu actividad, en todo el país. Elegí con botones cuánto cubrís: el precio por día aparece solo.

Precio a la vista · sin registro · desde $479,45 por día

Cubre en toda la República Argentina Trimestral, semestral o anual Asesor real · matrícula SSN 71141

El precio, primero

Cuánto sale cubrirte

Tres botones: qué sos, cuánto querés cubrir y por cuánto tiempo. El precio aparece solo, y también el costo por día, que es la forma honesta de comparar un trimestre contra un año. No te pedimos ningún dato para mostrártelo.

En Mendoza no es opcional

La norma te pide un seguro. Y te pide uno por año.

Esto no es un argumento de venta: es lo que dice el texto que el Ente de Turismo aplica para inscribirte. Lo dejamos con nombre, número y artículo para que lo puedas chequear vos.

Resolución 492/96 · artículo 6

Póliza de responsabilidad civil, mínimo u$s 50.000

Los operadores y prestadores de turismo aventura deben contar con una póliza de responsabilidad civil por los daños físicos y la muerte que pudieran sufrir los contratantes durante la práctica de la actividad, por un monto mínimo de u$s 50.000 por operador y por prestador, que hay que presentar anualmente con la constancia de pago. El mismo artículo funda la exigencia en la teoría del riesgo creado: el que organiza una actividad riesgosa responde por el riesgo que crea, aunque haya hecho todo bien.

Esa resolución fue modificada por la Resolución 293/2019 del EMETUR, que sumó el inciso M) Canopy o Tirolesa a las actividades alcanzadas, agregó el artículo 5 inciso K y el artículo 6 bis, y reescribió el artículo 11. El artículo 6 — el del seguro — no fue modificado.

Resolución 492/96 · artículo 5, inciso I

Se presenta todos los años, con la constancia de pago

No alcanza con haberla sacado una vez. Hay que presentar copia original de la póliza todos los años, acompañada de la constancia de pago. O sea: tu inscripción tiene una fecha de vencimiento atada a la fecha de tu póliza.

Que la 492/96 sigue en pie no es interpretación nuestra. El considerando de la Resolución 293/2019 del EMETUR lo dice con todas las letras:

Que se encuentra vigente la Resolución N° 492/96

Considerando de la Resolución 293/2019 — EMETUR

El punto que nadie te cuenta

El que compra el mínimo compra el trámite, no la protección.

Esos u$s 50.000 se fijaron en 1996. Servían para la carpeta del Ente en 1996 y siguen sirviendo para la carpeta del Ente hoy, porque el artículo nunca se actualizó. Lo que no hacen es alcanzar para lo que de verdad te puede pasar: un juicio por muerte o invalidez de un pasajero en 2026 se mide en otra escala.

Cumplir el papel es fácil y sale barato. Quedar cubierto de verdad es otra decisión, y es la que toma el simulador de arriba cuando elegís la suma. Por eso la página arranca por el precio: para que veas cuánto más sale subir el escalón antes de que alguien te diga que con el mínimo estás bien.

Decreto 1220/23 · artículo 8

Sin inscripción no podés ni publicitar

El decreto que reglamenta la Ley provincial 8845 es textual:

Los prestadores que no se encuentren inscriptos en el Registro no estarán habilitados para publicitar, ofrecer, promocionar, difundir y/o prestar servicios turísticos en la Provincia de Mendoza.

Decreto 1220/23, artículo 8

Leelo despacio: no dice «no podés trabajar», dice no podés ni publicitar. Una cuenta de Instagram ofreciendo salidas ya entra ahí. Y la póliza es uno de los papeles que te piden para estar inscripto: el formulario oficial pide, textual, «Póliza de seguro de responsabilidad civil respecto de terceros, por la actividad».

Resolución 492/96 · artículo 1

Las 13 actividades que la norma alcanza

Desde la Resolución 293/2019 son trece, de la A) a la M): trekking · ascensiones (montañismo) · rafting · canotaje · overlanding (4x4) · cabalgatas · mountain bike · safari fotográfico · espeleísmo · esquí de travesía · buceo · actividades aeronáuticas (parapente, ala delta, globo) · canopy o tirolesa.

Y acá va algo que nadie te va a decir en un folleto: de esas trece, hay cuatro que el slip de esta póliza no nombra — rafting, ascensiones o montañismo, overlanding 4x4 y las actividades aeronáuticas. Si tu operación incluye alguna, escribinos antes de contratar: hay que pedirle a la compañía que las acepte por escrito o buscarte otra solución. Preferimos perder la venta antes que venderte un papel que no te sirve para lo que hacés.

Si tu actividad está en esa lista, la exigencia de seguro te toca. El trámite de inscripción hoy es gratuito y 100% digital, por el sistema Mendoza por Mi, y además de la póliza te van a pedir plan de contingencias firmado por profesional competente, convenio de cobertura médica, nómina de guías inscriptos y, si operás en agua, la inscripción en la Dirección de Recursos Naturales.

La cobertura en claro

Qué cubre y qué no cubre

La póliza es de responsabilidad civil extracontractual emergente de tu actividad, con ámbito en toda la República Argentina. Lo que sigue sale del slip de Sancor Seguros, no de un folleto.

Lo que entra

El daño que le hacés a un tercero

Si durante tu actividad una persona que no es tu empleado se lastima o pierde algo por tu culpa, la póliza responde por esa indemnización hasta la suma que hayas contratado.

  • Responsabilidad civil extracontractual emergente de la actividad del asegurado.
  • Ámbito: toda la República Argentina. No es una cobertura sólo para Mendoza.
  • La suma opera por evento y en el agregado anual.
  • Vigencia a elección: trimestral, semestral o anual.

Y siete coberturas adicionales, sin costo:

  • Actividades deportivas, cuando el daño venga del riesgo o vicio de las instalaciones donde se desarrollan. No alcanza a las lesiones producidas en ejercicio u ocasión de la actividad específica.
  • Tenencia de animales, con las enfermedades que pudieren transmitir expresamente afuera.
  • Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
  • Letreros, marquesinas, carteles y objetos afines.
  • Suministro de alimentos y bebidas a título no oneroso: el mate, el café o la fruta que convidás sin cobrarlos aparte. Si la comida se vende, es otra cosa y hay que verla.
  • Ascensores y montacargas.
  • Instalaciones a vapor.

Lo que no entra

Y por qué conviene saberlo hoy

Te lo decimos acá y no cuando lo necesites. Estas cuatro son las que de verdad le importan a un prestador:

  • La responsabilidad contractual. Esta póliza cubre el daño que causás, no el incumplimiento de lo que prometiste. Si se suspende la salida y el cliente te reclama lo que pagó, eso no lo paga el seguro.
  • Tus empleados. La RC patronal está excluida: los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales de tu gente van por ART, que es la cobertura que corresponde y que además es obligatoria — también para el guía de temporada. Si tenés guías que facturan por su cuenta, hablemos: se resuelve con Accidentes Personales.
  • Los bienes que tenés bajo tu cuidado, control y custodia. La mochila que le guardaste al pasajero, el equipo que alquilás, el auto que quedó en tu playón: eso no es un tercero, es algo que estaba a tu cargo.
  • La responsabilidad civil profesional. El error de asesoramiento o de diagnóstico técnico va por otro producto, no por este.

El slip trae además las exclusiones habituales del ramo: RC de productos, RC cruzada, contaminación o polución gradual, daños punitivos, daño moral, perjuicios económicos puros sin daño material, terrorismo, guerra, huelga, lock-out y tumulto popular, y el incumplimiento de disposiciones legales u oficiales. Si querés el texto completo antes de firmar, te lo mandamos: preferimos que lo leas antes.

Las 28 actividades que enumera el slip

Buscá la tuya. Están agrupadas para que las encuentres rápido, pero son las 28 que figuran en el texto del producto.

En el agua

  • Paseos lacustres
  • Canotaje
  • Pesca recreativa (embarcada y desde la costa)
  • SUP (stand up paddle)
  • Botes a pedal
  • Buceo hasta 20 m
  • Apnea deportiva
  • Kitesurf
  • Windsurf

En la montaña

  • Trekking
  • Caminatas
  • Tránsito glaciar
  • Rapel
  • Espeleísmo

En la nieve

  • Esquí (travesía, de fondo, nórdico y alpino)
  • Caminata con raquetas

Colgado de un cable

  • Tirolesa
  • Canopy
  • Multipuentes

Sobre ruedas y a caballo

  • Mountain bike
  • Cicloturismo
  • Cabalgatas
  • Paseos en carruajes
  • Carrovelismo

Sin esfuerzo

  • Excursiones y paseos
  • Fotografía y safari fotográfico
  • Avistaje de flora y fauna
  • Museos

Si tu actividad no está en esa lista, leé esto antes de contratar. El slip de esta póliza enumera 28 actividades. Entre ellas no figuran rafting, parapente ni otras actividades aéreas, escalada en roca o vía ferrata, puenting, ni ninguna actividad motorizada (cuatriciclos, 4x4, motos, lanchas). El buceo tiene un límite expreso: hasta 20 metros. Si tu operación incluye alguna de estas, consultanos antes de contratar: hay que pedirle a la compañía la aceptación por escrito. No la damos por cubierta sola.

La parte que queda a tu cargo

El deducible, con números

Es el 10% del monto del siniestro, pero con un piso y un techo que se calculan sobre la suma asegurada, no sobre el reclamo: mínimo 1% y máximo 5% de la suma. De ahí salen tres situaciones bien distintas.

Reclamo chico Si el siniestro es menor al 10% de tu suma, el 10% no llega al piso y se descuenta el piso: 1% de la suma asegurada.
Reclamo mediano Si está entre el 10% y el 50% de tu suma, se descuenta el 10% real del siniestro. Es el único tramo donde el deducible depende del reclamo.
Reclamo grande Si supera el 50% de tu suma, el 10% pasa el techo y se descuenta el techo: 5% de la suma asegurada. Acá el tope juega a tu favor.

Un ejemplo con una suma de $100.000.000

Con esa suma, el piso es $1.000.000 y el techo $5.000.000.

  • Un reclamo de $800.000 → el 10% sería $80.000, pero el piso es $1.000.000. No cobrás nada.
  • Un reclamo de $20.000.000 → se descuenta el 10% real, $2.000.000. Cobrás $18.000.000.
  • Un reclamo de $80.000.000 → el 10% sería $8.000.000, pero el techo es $5.000.000. Cobrás $75.000.000.
Piso y techo del deducible según la suma asegurada
Suma aseguradaPiso — por debajo de esto no cobrásTecho — más que esto no se te descuenta
$50.000.000$500.000$2.500.000
$100.000.000$1.000.000$5.000.000
$150.000.000$1.500.000$7.500.000
$200.000.000$2.000.000$10.000.000
$250.000.000$2.500.000$12.500.000
$300.000.000$3.000.000$15.000.000

Mirá la tabla de nuevo: cuanta más suma contratás, más alto es el piso. Con $300.000.000 de suma, un reclamo de $2.900.000 no te paga un peso, porque el piso es $3.000.000. Ese mismo reclamo, con una suma de $50.000.000, te paga $2.400.000. No es un error del producto ni una trampa: es cómo está armada la fórmula, y va para los dos lados — en un siniestro que consuma toda la póliza, esa misma suma de $300.000.000 te descuenta $15.000.000 en vez de $30.000.000. La suma grande protege de lo grave, no de lo chico. Lo chico lo vas a pagar vos.

Antes de contratar

Las cuatro cosas que tenés que tener

La póliza te las pide como cargas del asegurado. Traducido: si el día del siniestro no las estabas cumpliendo, la compañía puede rechazar el reclamo, y va a tener el derecho de hacerlo. Por eso van acá arriba y no en una letra chica.

1
Guía o personal especializado, siempre Todas las excursiones tienen que contar con guía o personal especializado en forma permanente. No es «que haya alguien capacitado en el grupo»: es que la salida no arranca sin él.
2
Elementos de seguridad para todos Todos los participantes tienen que contar con los elementos de seguridad acordes a la actividad. Todos, no la mayoría.
3
Mantenimiento con planilla Los medios que usás para las prácticas y para transportar personas tienen que tener sus mantenimientos periódicos, dejando registro en planillas para que la aseguradora los pueda constatar. El mantenimiento que no quedó anotado, a los fines del reclamo, es como si no hubiera existido.
4
Plan de contingencias Un plan escrito para actuar ante emergencias, con equipos de comunicación, personal médico y paramédico, ambulancias y demás recursos disponibles.

La buena noticia: si ya estás inscripto, casi no tenés que hacer nada. Son prácticamente las mismas cosas que te pide el EMETUR para darte de alta — plan de contingencias firmado por profesional competente, nómina de guías inscriptos, elementos de seguridad acordes. El que está en regla con el Ente ya cumple casi todo lo que le pide la póliza. Lo único que suele faltar es la planilla de mantenimiento: armala ahora, aunque sea una hoja por equipo, porque es la que te van a pedir el día que pase algo.

Cómo la sacás

Tres pasos, y te decimos cuánto tarda cada uno

El precio lo ves solo y al instante. La emisión no: esta póliza se carga a mano en Sancor y la hacemos nosotros. Preferimos decírtelo antes que prometerte un botón mágico.

1

Elegís en el simulador

Qué sos (club o guía, agencia, hotel), cuánto querés cubrir y por cuánto tiempo. Ahí mismo ves el precio y el costo por día. Sin dejar datos y sin que te llame nadie.

2

Nos pasás los datos

Los de tu operación: razón social o CUIT, qué actividades hacés y desde cuándo la querés vigente. Si alguna no figura en la lista de las 28, lo vemos ahí y pedimos la aceptación por escrito antes de avanzar.

3

La emitimos nosotros

Cargamos la solicitud en Sancor Seguros y te mandamos la póliza. Contá con un día hábil desde que tenemos los datos completos. Si necesitás la constancia para presentar en el Ente con una fecha determinada, decínoslo y lo ordenamos para esa fecha.

Cómo se paga. Contado o en cuotas: hasta 2 en la trimestral, hasta 5 en la semestral y hasta 10 en la anual. Las cuotas van sólo por débito automático o tarjeta de crédito — no hay cupón de pago para esta póliza. Y si además contratás Accidentes Personales para tus guías, el costo de esta cobertura baja un 10%.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan los prestadores

Qué quiere decir que la cobertura es «extracontractual»?

Que responde por el daño que le causás a alguien, no por lo que le prometiste por contrato. Si tuviste que suspender la salida y el cliente te reclama la devolución, el pasaje que perdió o el hotel que pagó de más, eso es contractual y no entra. Lo que sí entra es la responsabilidad que nace del deber de no dañar a otro, que es como la define la propia póliza.

Y hay un punto que preferimos decirte de frente, porque es el que más se malinterpreta: la lesión que una persona se produce en ejercicio u ocasión de la actividad misma —el que se cae del caballo haciendo la cabalgata— la póliza la deja expresamente afuera de la extensión de actividades deportivas. Para esa persona la cobertura que corresponde es Accidentes Personales, no esta. Por eso Sancor bonifica un 10 % a quien contrata las dos: sabe que van juntas.

Si el reclamo es chico, cobro algo?

Depende de tu suma asegurada, y la respuesta sorprende: cuanto más grande es la suma, más grande es el piso del deducible. El piso es el 1% de la suma. Con $50.000.000 contratados, no cobrás nada por debajo de $500.000. Con $300.000.000, no cobrás nada por debajo de $3.000.000. En el medio, entre el 10% y el 50% de la suma, se descuenta el 10% real del siniestro. Y arriba del 50%, se descuenta el techo del 5% de la suma, que ahí juega a tu favor. Está todo con números en la sección del deducible.

Qué significa «por evento y en el agregado anual, sin reposición»?

Son dos topes al mismo tiempo. Por evento: es lo máximo que paga la póliza por un solo hecho. En el agregado anual: es también lo máximo que paga por todos los hechos del año sumados. Y sin reposición automática quiere decir que lo que se consume no se vuelve a llenar solo: si un siniestro se comió buena parte de la suma, lo que queda para el resto de la vigencia es el saldo. No es que cada reclamo arranca con la suma entera de nuevo.

Cubre a mis guías y a mis empleados?

No, y es importante que lo sepas: la responsabilidad civil patronal está excluida. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales de tu personal en relación de dependencia van por ART, que es la cobertura específica y además obligatoria. Ojo con un detalle que confunde a muchos: el guía que tomás por temporada también está en relación de dependencia y le corresponde ART igual que al de todo el año. El que queda afuera es el que factura por su cuenta —monotributista o autónomo—, y para ese existe el seguro de Accidentes Personales, que se puede contratar incluso por día. Escribinos y armamos lo que corresponda.

Me sirve para inscribirme en el EMETUR?

Sí: es exactamente el papel que te piden. El formulario oficial de inscripción de turismo aventura pide, textual, «Póliza de seguro de responsabilidad civil respecto de terceros, por la actividad», y la Resolución 492/96 fija el mínimo en u$s 50.000 por operador y por prestador. Tené en cuenta dos cosas: hay que presentarla todos los años con la constancia de pago (artículo 5 inciso I), y el mínimo es un piso para el trámite, no una recomendación de cuánto conviene cubrirse.

Cubre en todo el país o sólo en Mendoza?

En toda la República Argentina. El ámbito de cobertura es nacional, así que si salís de Mendoza con un grupo, o si tu base está en otra provincia, la póliza sigue valiendo. Lo que es provincial es la exigencia: la Resolución 492/96 y el Decreto 1220/23 rigen en Mendoza. La cobertura no.

Hago una actividad que no está en la lista de 28. Qué hago?

El slip de esta póliza enumera 28 actividades. Entre ellas no figuran rafting, parapente ni otras actividades aéreas, escalada en roca o vía ferrata, puenting, ni ninguna actividad motorizada (cuatriciclos, 4x4, motos, lanchas). El buceo tiene un límite expreso: hasta 20 metros. Si tu operación incluye alguna de estas, consultanos antes de contratar: hay que pedirle a la compañía la aceptación por escrito. No la damos por cubierta sola.

Puedo contratar sólo la temporada?

Sí. La vigencia mínima es trimestral, que es lo que suele durar una temporada. También hay semestral y anual. Ahora bien, la matemática no es lineal y conviene mirarla: la anual cuesta lo mismo que 2,5 trimestres pero te cubre 4, así que sale 37,5% más barato que pagar cuatro trimestres sueltos — dicho en criollo, pagás siete meses y medio y estás cubierto doce. La semestral cuesta 1,5 trimestres por 2 de cobertura: 25% más barato que dos trimestrales. Si trabajás todo el año aunque sea a media máquina, la anual gana siempre.

Cuánto tengo que asegurar? Alcanza con el mínimo legal?

Alcanza para el trámite. Para el riesgo, no. Esos u$s 50.000 se fijaron en 1996 y el artículo nunca se actualizó: en un juicio por muerte o invalidez de un pasajero en 2026, esa cifra no mueve la aguja. Además, la propia norma invoca la teoría del riesgo creado, que es la que dice que el que organiza una actividad riesgosa responde por el riesgo que crea. El dato práctico: subir de escalón cuesta cada vez menos. Sextuplicar la cobertura no sale seis veces más, sale 4,89 veces más. Movelo en el simulador y lo ves.

Hay descuento si tengo otras coberturas con ustedes?

Sí: si además contratás el ramo de Accidentes Personales, esta póliza baja un 10%. Es una combinación que tiene sentido más allá del descuento, porque cubren cosas distintas y complementarias: esta responde por el daño al tercero, y el AP responde por la lesión de la persona — incluidos tus guías, que no tienen ART si no están en relación de dependencia.

Los precios de esta página son definitivos?

Son la tarifa de Sancor Seguros para la temporada 2026-2027, cargada tal cual en el simulador, sin retoques. Como toda tarifa, está sujeta a actualización: al momento de emitir te confirmamos el valor vigente. Si en algún momento cambia y todavía no lo actualizamos acá, te lo decimos antes de que pagues, no después.

Contanos qué hacés y te decimos con qué suma te conviene salir

Sin vueltas y sin formularios eternos. Si tu actividad necesita aceptación por escrito de la compañía, la pedimos nosotros antes de que pagues nada.